Resolución Nº 211/GCABA/SSDHPC/14

FirmantesAvruj
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2014

VISTO:

Las Leyes N° 4.013 y N° 4786; Los Decretos N° 118-GCABA/14, N° 660-GCABA/11,

N° 1172-GCABA/08 y N° 1209-GCABA/08; las Resoluciones N° 223/SSDH/05 y

53/SSDH/2010, y el expediente electrónico N° 2014-17734344-MGEYA-SSDHPC; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de las facultades conferidas por el Anexo III del Decreto N° 1172-

GCABA/08 y el Decreto 1209-GCABA/08 ésta autoridad de aplicación en su anterior

conformación, decidió en vista de que el beneficiario Francisco Agustín Cundari DNI

33.859.220 no cumplía con los requisitos que exigía aquella normativa, suspender el

subsidio oportunamente otorgado por Resolución 223/SSDH/05;

Que dicha suspensión fue instrumentada mediante el dictado de la Resolución

38/SSDH/10 que se consigna en el Visto, a partir del período consignado en la misma;

Que enterado de dicha situación la persona interesada efectuó diversos reclamos en el

marco de la normativa vigente;

Que revisados los mismos se constató que la persona se encontraba en una situación

de vulnerabilidad social que aconsejaba que las misma debía continuar percibiendo el

beneficio de que se trata;

Que por ello y en observancia de los principios y fundamentos que este Poder

Ejecutivo tuvo en mira al momento de dictar la respectiva normativa, la autoridad

administrativa de entonces, resolvió continuar con las prestaciones, con la finalidad de

coadyuvar a su integración social, no obstante lo cual se hubo de omitir la firma del

dictado administrativo pertinente;

Que por la Ley N° 4786 y su Decreto reglamentario N° 118-AJG/14 se prevé la

asistencia económica mensual por el término de cinco (5) años a los beneficiarios

descriptos en el artículo 2° inciso 2°) siendo la asistencia económica de pesos un mil

doscientos ($1.200,00);

Que a la luz de la normativa invocada, y a fin de mantener incólume el procedimiento

de rigor, es que se hace necesario a través de la firma de este acto administrativo,

restituir el subsidio suspendido por la resolución del Visto a Francisco Agustín Cundari

DNI 33.859.220 por un importe de pesos un mil doscientos ($1.200);

Que por la Ley N° 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 660-GCABA/11 se crea la Subsecretaría de Derechos Humanos

y Pluralismo Cultural como organismo sucesor de la Subsecretaría...

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