Resolución Nº 20/PJCABA/MP/15
Firmantes | Corti - Bendel - Ocampo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio Público |
Fecha de la disposición | 20 de Julio de 2015 |
VISTO:
Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la CABA, la Ley N° 1903 -texto
conforme Ley N° 4891- y la Resolución CCAMPN° 10/08.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le
reconoce al Ministerio Público autonomía funcional y autarquía, lo que es reafirmado
por los artículos 1° y 22° de la Ley N°1903, Orgánica del Ministerio Público texto
conforme Ley N° 4891-.
Que el Ministerio Público tiene el deber constitucional de "...promover la actuación de
la Justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad", "velar
por la normal prestación del servicio de Justicia" y, "procurar ante los tribunales la
satisfacción del interés social", conforme se desprende del art. 125 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en consonancia con lo previsto en su Ley
Orgánica (art.1°de la Ley N°1903 -texto conforme Ley N° 4891-).
Que de acuerdo con el artículo 3° de la Ley N° 1903 -texto conforme Ley N° 4891 -el
gobierno y administración del Ministerio Público estarán a cargo de sus titulares,
señalando su artículo 18 que la Fiscalía General, la Defensoría General y la Asesoría
General Tutelar, cada uno en su respectiva esfera, ejercen los actos que resultaren
necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas (inc.2).
Que asimismo, el referido artículo 18°, en su inciso 5, establece que para el ejercicio
de sus facultades, así como las restantes competencias que emanan de la ley, los
titulares de cada ámbito del Ministerio Público pueden actuar en forma conjunta
emitiendo las resoluciones que resulten pertinentes y que tal modalidad de actuación
es necesaria cuando se establecen reglas o pautas de aplicación general para todo el
Ministerio Público.
Que el artículo 22 inciso 1° de la Ley N° 1903 -texto conforme Ley N° 4891- establece
que los titulares del Ministerio Publico tienen como atribución dictar reglamentos de
organización funcional, de personal, disciplinarios y todos los demás que resulten
necesarios para el más eficiente y eficaz cumplimiento de la misión y funciones
encomendadas al...
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