Resolución Nº 20/PJCABA/MP/15

FirmantesCorti - Bendel - Ocampo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Público
Fecha de la disposición20 de Julio de 2015

VISTO:

Los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la CABA, la Ley N° 1903 -texto

conforme Ley N° 4891- y la Resolución CCAMPN° 10/08.

Y CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le

reconoce al Ministerio Público autonomía funcional y autarquía, lo que es reafirmado

por los artículos 1° y 22° de la Ley N°1903, Orgánica del Ministerio Público texto

conforme Ley N° 4891-.

Que el Ministerio Público tiene el deber constitucional de "...promover la actuación de

la Justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad", "velar

por la normal prestación del servicio de Justicia" y, "procurar ante los tribunales la

satisfacción del interés social", conforme se desprende del art. 125 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en consonancia con lo previsto en su Ley

Orgánica (art.1°de la Ley N°1903 -texto conforme Ley N° 4891-).

Que de acuerdo con el artículo 3° de la Ley N° 1903 -texto conforme Ley N° 4891 -el

gobierno y administración del Ministerio Público estarán a cargo de sus titulares,

señalando su artículo 18 que la Fiscalía General, la Defensoría General y la Asesoría

General Tutelar, cada uno en su respectiva esfera, ejercen los actos que resultaren

necesarios para el cumplimiento de las funciones encomendadas (inc.2).

Que asimismo, el referido artículo 18°, en su inciso 5, establece que para el ejercicio

de sus facultades, así como las restantes competencias que emanan de la ley, los

titulares de cada ámbito del Ministerio Público pueden actuar en forma conjunta

emitiendo las resoluciones que resulten pertinentes y que tal modalidad de actuación

es necesaria cuando se establecen reglas o pautas de aplicación general para todo el

Ministerio Público.

Que el artículo 22 inciso 1° de la Ley N° 1903 -texto conforme Ley N° 4891- establece

que los titulares del Ministerio Publico tienen como atribución dictar reglamentos de

organización funcional, de personal, disciplinarios y todos los demás que resulten

necesarios para el más eficiente y eficaz cumplimiento de la misión y funciones

encomendadas al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR