Resolución Nº 2/GCABA/CDNNYA/16

FirmantesJarvis - Leguizamón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 6 de Septiembre de 2016

VISTO:

Las Leyes locales N° 114, N° 937 (textos consolidados por Ley N° 5.454) y N° 5.460,

los Decretos N° 667/09, N° 363/GCABA/15 y N° 393/GCABA/16, la Resolución N°

1.291/SSTR/CDNNYA/12, el

Expediente Electrónico N° 17.936.572/MGEyA-

DGGPP/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.454) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en

materia de promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que el artículo 32 del mencionado plexo normativo consagra el derecho de las niñas,

niños y adolescentes a no trabajar, dejando a salvo que las personas mayores de

catorce (14) años pueden hacerlo conforme a las modalidades establecidas en la

legislación vigente, en tanto que el artículo 35, inciso b), de la mencionada ley

establece como ejes de las políticas públicas de protección integral, la elaboración,

desarrollo, monitoreo, articulación y evaluación de los programas específicos de

distintas áreas, como ser trabajo;

Que la Ley N° 937 (texto consolidado por Ley N° 5.454) tiene por objeto la detección,

prevención y erradicación del trabajo infantil, así como también la atención de las

niñas y los niños afectados por esta problemática y la de sus familias, designando

como autoridad de aplicación de la referida ley al Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes, el cual, en el abordaje de esta temática, actúa en interrelación

con las áreas de Gobierno competentes en materia de desarrollo social, salud,

educación, derechos humanos y trabajo;

Que, por su parte, mediante la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que en conjunto el

Gabinete del Poder Ejecutivo estaría integrado por diez (10) Ministerios, entre los

cuales se encuentra el Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología;

Que posteriormente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR