Resolución N° 198 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 260
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
nalización del período de cuatro (4) meses coincida con la nalización
de un cuatrimestre calendario; de no darse tal coincidencia, la misma
se realizará en el cuatrimestre calendario inmediato siguiente.
Hasta la nalización del primer año calendario, se deben anualizar los
ingresos brutos obtenidos, en cada cuatrimestre calendario para deter-
minar el encuadramiento que corresponde dispensar.
ARTÍCULO 2°.- MODIFICAR los Anexos de la Resolución
Normativa Nº 1/2015 y modicatorias como se detalla a continuación:
• MODIFICARenlosANEXOXVII–IMPUESTOSOBRELOSIN-
GRESOS BRUTOS REGÍMENES VIGENTES (ART. 383° A 385° Y 493
R.N. 1/2015) Y ANEXO XVIII – IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS
BRUTOS REGÍMENES ESPECIALES. CONDICIONES (ART. 384° Y
386° R.N. 1/2015):
Donde dice “2016 y siguientes”
Debe decir “2016”
• INCORPORARlaAnualidad2017a losAnexos:ANEXOXVII–
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS REGÍMENES VIGEN-
TES (ART. 383° A 385° Y 493 R.N. 1/2015) Y ANEXO XVIII – IMPUES-
TO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS REGÍMENES ESPECIALES.
CONDICIONES (ART. 384° Y 386° R.N. 1/2015) que se adjuntan a la
presente.
ARTICULO 3°.- Lo reglamentado en la presente Resolución tendrá vi-
gencia a partir del 01 de Enero de 2017.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO.: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, MINISTE-
RIO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/v2vlPo
Córdoba, 29 de Diciembre de 2016.-
VISTO: El Convenio de Complementación de Servicios entre la Dirección
Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de
los Créditos Prendarios (DNRNPA) y la Provincia de Córdoba de fecha 08
de Marzo de 2016, la Ley N° 10.411 por la cual se establecen modicacio-
nes al Código Tributario -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y modicatorias-, y la Ley
Impositiva Anual N° 10.412, ambas publicadas en el Boletín Ocial el día
28-12-2016 y con vigencia a partir del 01-01-2017;
Y CONSIDERANDO:
QUE mediante el Convenio mencionado, se establece una operatoria
de liquidación, deposito, rendición y control de gestión del Impuesto de
Sellos.
QUE en virtud de los cambios introducidos al Código Tributario Provin-
cial y las disposiciones de la Ley Impositiva Anual N° 10412 resulta nece-
sario aprobar un nuevo instructivo que deberán observar los Encargados
de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor cuando actúen
como Agentes de Percepción del Impuesto de Sellos y la Asociación de
Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA).
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 19 y 20
del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y modicatorias-;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el Instructivo Impuesto de Sellos com-
puesto por 39 fojas que se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del día
01-01-201 7.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO.: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, MINISTE-
RIO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/IG4iFU
Córdoba, 29 de diciembre de 2016.-
VISTO: La Ley N° 9024, el Decreto N° 849/2005, la Resolución Ministerial
N° 237/2005 y el diseño del Formulario F-615 -REV. 00 “TÍTULO EJECUTI-
VO - FONDO DE CONSOLIDACIÓN Y RECUPERO DE ACREENCIAS NO
TRIBUTARIAS DTO. 849/05”,
Y CONSIDERANDO:
QUE el Decreto N° 849/05 crea dentro de la órbita del Ministerio de
Finanzas, el “Fondo de Consolidación y Gestión de Recupero y Cobro de
Acreencias no Tr ibutarias del Estado Provincial”.
QUE los Organismos y Dependencias del Sector Público Provincial no
Financiero, deben encomendar a dicho Fondo la gestión de saneamiento,
cobro y recupero de las acreencias no Tributarias a favor del Estado Provin-
cial.
QUE el Ministro de Finanzas, a través de la Resolución N° 237/05,
designó responsable de dicho Fondo a la Dirección General de Rentas.
QUE el Ministro de Gobierno suscribió una Encomienda de Servicios
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“2016 - 2017 Año Brocheriano“
de fecha 1° de octubre de 2009 para la cobranza de las acreencias no
tributarias generadas a favor del Ministerio de Gobierno.
QUE, en pos de optimizar y agilizar la gestión de recupero de deuda,
contribuir a la simplicación administrativa, modernizar los procedimientos
vigentes, lograr un mayor acceso a la información y profundizar la segu-
ridad jurídica, la Subdirección de Jurisdicción de Gestión Coactiva de la
Deuda ha previsto la utilización de un formulario que se aplicará para la
generación del Título Ejecutivo previsto por la Ley 9024 de aquellos infrac-
tores que registren una o más actas correspondiente a multas por infrac-
ciones de tránsito labradas por la Policía Caminera, pudiendo incluirse en
dicho instrumento la o las Resolución/es emanadas de la autoridad com-
petente que se dena pertinente y resulten título base de la acción.
QUE la emisión del F-615 Rev. 00 se realizará desde el Sistema y a
los nes del inicio de las acciones judiciales que correspondan al infractor
por la totalidad de actas que se encuentren asociadas al mismo y sobre las
cuales se hubiera denido el inicio de acciones judiciales para su cobro.
QUE la mencionada Subdirección ha creído necesario mantener la
vigencia del formulario F-604 ya que el mismo es utilizado para la genera-
ción de títulos ejecutivos para las demás acreencias no tributarias distintas
a las multas de la Policía Caminera.
QUE el formulario F-615 concuerda con los requerimientos efectuados
por el Sector operativo respectivo.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 19 y 20
del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modicatorias,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el diseño del Formulario F-615 -REV. 00
“TÍTULO EJECUTIVO - FONDO DE CONSOLIDACIÓN Y RECUPERO DE
ACREENCIAS NO TRIBUTARIAS DTO. 849/05”, que se adjunta a la pre-
sente y que será utilizado a los nes del inicio de las acciones judiciales
que correspondan al infractor de tránsito por multas labradas por la Policía
Caminera, incluyéndose en dicho instrumento las Resoluciones emanadas
de la autoridad competente, que se dena pertinente demandar y resulten
título base de la acción en los términos del art. 5 de la Ley 9024.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y Archívese.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN - SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTE-
RIO DE FINANZAS.
Anexo: https://goo.gl/YkZ6tT
Córdoba, 29 de diciembre de 2016.
VISTO: lo establecido por el Artículo 17° del Código Tributario vigente (Ley
N° 6006 – T. O. 2015) y modicatoria;
Y CONSIDERANDO:
QUE resulta necesario, oportuno y conveniente optimizar la gestión de
la Dirección General de Rentas, mediante el uso adecuado y racional de
sus recursos, a n de continuar modernizándola y profundizar la aplicación
de sistemas de trabajo orientados a la mejora continua.
QUE por diversos instrumentos legales se asignaron Funciones a
Agentes que prestan servicios en esta Dirección, y dado que han cam-
biado su relación laboral en este Organismo y a n de garantizar la ope-
ratividad del mismo y el desempeño de los Agentes, es preciso asignar
al Personal que actualmente presta servicios en la Dirección General de
Rentas que se detalla en la presente Resolución, las Funciones que se
establecen para cada Agente y a la vez resulta necesario dejar sin efecto
aquellas asignaciones no vigentes a la fecha.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR TODO ELLO, atento las facultades y funciones acordadas por los
Artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 -
T.O. 2015 y modicatoria;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°.- ASIGNAR a la Cra. Maria Cecilia SORIA, D.N.I. N°
26.905.268, las funciones que se detallan a continuación:
- Supervisar las actividades relacionadas con la Atención Directa
del Contribuyente, implementando mecanismos de mejora continua
tendientes a facilitar y agilizar las gestiones del Contribuyente ante el
Organismo, procurando óptimas condiciones ambientales y la disposi-
ción de herramientas informáticas sucientes en todas las dependen-
cias.
- Coordinar las actividades tendientes al desarrollo de herramientas
informáticas, que posibiliten una progresiva disposición de soluciones
a los ciudadanos a través de medios no presenciales, simplicando y
favoreciendo el cumplimiento de sus obligaciones en tiempo y forma.
- Asesorar y coordinar la correcta recepción de los trámites que
el Manual Único de Procedimientos habilite a tal n, procurando su
resolución y asegurando el cumplimiento de normas tributarias y ad-
ministrativas.
- Evacuar consultas por parte de los Contribuyentes y/o Respon-
sables.
- Supervisar y coordinar el cumplimiento de objetivos y tareas pro-
gramados por la superioridad.
- Prestar apoyo operativo a las dependencias del Organismo, en
los casos que sea necesario.
- Elaborar estadísticas e informes sobre los objetivos que la Di-

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