Resolución Nº 195/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 2.626.378/2017, por el que se consulta sobre una propuesta

morfológica de "Obra Nueva" con destino "Oficinas comerciales, locales comerciales y

cocheras comerciales" a materializarse en el predio sito en la calle Av. Antártida

Argentina 1475, Av. Presidente Ramón S. Castillo, s/ Nombre Oficial (003-074C-000),

y;

CONSIDERANDO:

Que el predio motivo de consulta se encuentra emplazado en un Distrito U10 "Ante

Puerto" (parágrafo 5.4.6.11) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano

vigente. Cabe mencionar también que dicha manzana no presenta nivel de protección

histórico alguno, según se desprende por Sistema Interno de la Base APH de la

Parcela Digital Inteligente (PDI);

Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección

General de Interpretación Urbanística, mediante Informe N° 10584669-DGIUR-17 hace

saber que este Organismo se expidió oportunamente a través del Expediente N°

91.086/2007, dando origen al Informe 8773-DGIUR-2008 y al Informe 33-CPUAM-

2008 para una propuesta morfológica y de localización de los usos "Oficina Comercial,

Hotel y Auditorio" a desarrollarse en la Manzana 074C; manifestando, en el último

informe mencionado, lo siguiente: "(...) este Consejo del Plan Urbano Ambiental, en

aplicación de lo establecido en el Art. 5.2.1 del CPU, considera que los usos

solicitados resultan compatibles con las características del sector, no existiendo

inconvenientes desde el punto de vista urbanístico para su localización". En el

presente expediente se solicitó el estudio para un conjunto edilicio desarrollado en las

manzanas 074c y 074d, en el que mediante IF-2017-2911532-DGIUR, de fecha 18 de

enero de 2017, se manifestó que: "(...) toda vez que la obra nueva respeta los

parámetros morfológicos del distrito de implantación, a la vez que se propone la

puesta en valor del inmueble existente, la refuncionalización del mismo y la

recuperación de la escala peatonal del área, promoviendo un espacio público, social y

recreativo, en consonancia con los criterios promovidos por la Ley N° 2930 "Plan

Urbano Ambiental";

Que, para el presente caso, resulta de aplicación lo dispuesto en el parágrafo 5.4.6.11

Distrito U10 - Ante Puerto;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR