Resolución Nº 195/GCABA/SSREGIC/16
Firmantes | Cruz |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro |
Fecha de la disposición | 15 de Junio de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 12.757.675/2016, por el que se consulta sobre una propuesta
morfológica de "Obra Nueva", destinada a "Vivienda Multifamiliar y Cocheras", a
materializarse en el predio sito en la calle Paraguay N° 5628, y;
CONSIDERANDO:
Que, el predio motivo de consulta, se encuentra emplazado en un Distrito U20- Zona 5
(parágrafo 5.4.6.21) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, Ley
N° 449, texto ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772);
Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección
General de Interpretación Urbanística, mediante Informe N° 15490225-DGIUR-16 hace
saber que para el presente caso, resulta de aplicación lo dispuesto en el Parágrafo
5.4.6.21 del Código de Planeamiento Urbano, y los Artículos 8° y 24° de la Ley 2930,
Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico - Plan Urbano Ambiental (BOCBA N°
3091);
Que para el pertinente estudio se adjunta documentación en el N° de Orden 12 del EE
mediante RE-2016-DGROC-12747610, consistente en: Estudio axonometrico de la
propuesta; en el N° de Orden 9 en PLANO-2016-DGROC-12747629: Plantas cortes,
vistas, trazado de Línea de Frente Interno; e información extraída del sistema de
información interna Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que trata de la parcela intermedia N° 2, sita en la manzana atípica delimitada por las
calles Paraguay, Arévalo, Guatemala, Dorrego y las vías del Ferrocarril General
Bartolomé Mitre;
Que dicha parcela posee un frente de 10.05m sobre la Línea Oficial, 27.15m sobre uno
de sus lados y una superficie total de 273.36m2;
Que respecto al área edificable, el predio en cuestión resultaría afectado por el trazado
de la Línea de Frente Interno, ubicada a 20m respecto de la Línea Oficial, de acuerdo
al PLANO 5.4.6.21 c1 del Atlas del Código de Planeamiento Urbano;
Que sobre el lateral izquierdo linda con la parcela N° 1b, la cual posee un edificio entre
medianeras de planta baja + 2 pisos, con un bajo grado de consolidación;
Que sobre el lateral derecho linda con la parcela N°3, que posee un edificio de planta
baja y 1 piso, también con un bajo grado de consolidación, por lo ambos linderos
tenderían a la renovación;
Que a su vez, la...
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