Resolución N° 193 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorDirección General de Educación Secundaria
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 57
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 22 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
del concurso aprobado, cuando se trate de una misma convocatoria con-
cursada.
E)JURADO DE CONCURSO
Participación en concursos de títulos, antecedentes y oposición convo-
cados por dependencias pertenecientes al Ministerio de Educación de la
Pcia. De Córdoba, en calidad de miembros de jurados y que se hubieren
desempeñado efectivamente en esas funciones.
1.- Ex D.E.M.E.S., 2,00 puntos
2.- Otros Niveles 1,00 puntos
F)ANTIGÜEDAD EN EL CARGO DIRECTIVO
Se evaluará la antigüedad en el cargo Directivo en las Jurisdicciones na-
cional, provincial, municipal, y cuya situación de revista sea la de titular,
interino o suplente, en cualquiera de los Niveles del Sistema Educativo.
Se adjudicara puntaje por años de servicios, continuos o discontinuos o
fracción mayor de seis (6) meses debidamente acreditados.
1.- Provincia de Córdoba:
1.1.- Director o Vice Director del nivel y la modalidad que se concursa, por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0,50 puntos con un máximo de
cinco (5) puntos.
1.2.- Director, Vice Director o Rector de otros Niveles o Modalidades por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0.25 puntos, hasta un máximo de
cinco (5) puntos.
2.- De otras jurisdicciones:
2.1.- Director o Vice Director del nivel y la modalidad que se concursa,
por año o fracción mayor de seis (6) meses: 0,25 puntos con un máximo
de cinco (5) puntos 2.2.- Director, Vice Director o Rector de otros Niveles
o Modalidades por año o fracción mayor de seis (6) meses: 0.20 puntos,
hasta un máximo de cinco (5) puntos.
3.- Instituciones de Nivel Medio dependiente de la D.G.E.P. de la Provincia
de Córdoba:
3.1.- Director o Vice Director del nivel y la modalidad que se concursa, por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0,25 puntos con un máximo de
cinco (5) puntos
3.2 Director, Vice Director o Rector de otros Niveles o Modalidades por
año o fracción mayor de seis (6) meses: 0.20 puntos, hasta un máximo de
cinco (5) puntos
G) CONCEPTO DIRECTIVO
Serán considerados los conceptos de los cargos directivos debidamente
acreditados, rmes y consentidos de los dos (2) últimos años de desempe-
ño del agente en dicho cargo.
Concepto sobresaliente 1,00 punto
Concepto distinguido 0,50 puntos,
Se tomara un solo concepto por año valorándose el más favorable.
H) CONCEPTO DOCENTE
Serán considerados los conceptos docentes en el desempeño en asigna-
turas debidamente acreditado, rme y consentido de los dos (2) últimos
años del agente en dicha función.
Concepto sobresaliente 1,00 punto
Concepto distinguido 0,50 puntos
Se tomara un solo concepto por año valorándose el más favorable.
Art. 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a quienes corresponda; publí-
quese en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba y archívese.-
FDO.: VICTOR GOMEZ, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Resolución N° 193
Córdoba, 21 de marzo de 2018
VISTO:
La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Director y Vicedi-
rector con carácter titular dependientes de esta Dirección General de Edu-
cación Secundaria, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 10.237 y su
Decreto Reglamentario N° 930/15,
CONSIDERANDO:
Que existen en el ámbito de ésta Dirección General (37) treinta y siete
cargos de Director y (40) cuarenta cargos de Vicedirector que deben de-
clararse vacantes, de los cuales los llamados por 2° y 3° Convocatoria
fueron declarados desiertos por Resolución N° 0177/18 y 0179/18 de la
D.G.E.Sec., a los nes de su cobertura con carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N° 10.237, en su Art. 10°, una vez decla-
rada la vacancia, esta Dirección procede a efectuar el llamado a Concur-
so de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en carácter de
TITULAR de los cargos de Director y Vicedirector en un todo de acuerdo
con los Arts. 25°, 27°, 62°, 63° cc. y ss. del Decreto Ley 214-E-63 y sus
modicatoria;
Que en cumplimiento del Art. 8 del Decreto N° 930/15, la convocatoria a
concurso será publicada por el término de cinco (5) días, en la Página Web
del Gobierno de la Provincia, en el Boletín Ocial, en la sede de Direc-
ción General de Educación Secundaria, en la Junta de Clasicación, en
la Comisión Permanente de Concursos y en las respectivas Inspecciones
Regionales para conocimiento del personal de todos los establecimientos
de esta Dirección General;
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15 se prevé un término de cinco (5)
días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la
última publicación de la convocatoria, la cual se deberá efectuar ante la
Comisión Permanente de Concursos, tal como lo prevé el Art. 9 del Decreto
N° 930/15;
Que la designación de los Miembros del Jurado, titulares y suplentes, será
por Resolución Ministerial con antelación al inicio del periodo de inscrip-
ción tal como lo establece el Art. 29° del Decreto N° 930/15 reglamentario
de la Ley 10.237;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley 214-
E-63, se implementarán de acuerdo con la reglamentación de Concursos
establecida en el Art. 24 del Decreto N° 930/15 y Resolución Ministerial
1475/16; Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

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