Resolución N° 182
Emisor | Dirección General de Educación Primaria |
Fecha de la disposición | 4 de Mayo de 2018 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 82
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 3 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 4º: Podrán acceder al Concurso previsto en el Artículo 2° ut supra
aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Artículo
65 del Decreto Ley N° 1910/E/57 y que a la fecha se desempeñen como
TITULARES en el Nivel Inicial, revistando en situación de servicio activo,
en establecimiento de la Zona a concursar y ampliándose para aquellos
cargos que fueron declarados desiertos por Resolución N° 0020/18, se-
gún se detalla en Anexo I y no se encuentren incursos en las causales de
inhabilitación previstas en el Artículo 11° del Decreto N° 930/15, según el
siguiente detalle:
REGIÓN SEGUNDA:
• CARGOS PRIMERA CONVOCATORIA: Podrán inscribirse aquellos
docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados y
que se desempeñen en Centros Educativos de la misma Zona de Inspec-
ción.
• CARGOS SEGUNDA CONVOCATORIA: Conforme Resolución N°
0020/18 D.G.E.I., (vacantes declaradas desiertas), podrán inscribirse
aquellos docentes que cumplan con los requisitos
anteriormente mencionados y que se desempeñen en Centros Educativos
de las Zonas 2019, 2029 Y 2039
REGIÓN TERCERA:
• CARGOS PRIMERA CONVOCATORIA: Podrán inscribirse aquellos
docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados y
que se desempeñen en Centros Educativos de la misma Zona de Inspec-
ción.
• CARGOS SEGUNDA CONVOCATORIA: Conforme Resolución N°
0020/18 D.G.E.I., (vacantes declaradas desiertas), podrán inscribirse
aquellos docentes que cumplan con los requisitos anteriormente mencio-
nados y que se desempeñen en Centros Educativos de las Zonas de 3019,
3029, 3039 y 3049
Artículo 5º: Los Aspirantes deberán inscribirse ante la Comisión Perma-
nente de Concursos que
funcionará en las instalaciones de la Junta de Calicación y Clasicación
de la D.G.E.I.P. sito en Santa Rosa 1336 Barrio Alberdi de Córdoba – Ca-
pital, en el horario de 09.00 a 17.00 y presentarán su legajo docente al
momento de la inscripción ante la misma, la que se constituirá en el mismo
domicilio de inscripción conteniendo documentación de antecedentes que
considere pertinente a los efectos del Concurso.
Aquellos aspirantes que ya participaron de otras Convocatorias de Direc-
tivos no deberán presentar nuevamente legajo, solo adjuntaran copia de
D.N.I., Constancia de Servicios otorgada por RRHH y rmada por el aspi-
rante (validez 30 días), Régimen de Incompatibilidad actualizado (validez
30 días), Concepto Profesional , Certicado de No Inscripción en el Re-
gistro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad
Sexual (Validez un (1) Año) y nuevos títulos y/o antecedentes si tuviere
(todo original y fotocopia).
Artículo 6°: Los Aspirantes al momento de la inscripción, deberán haber
tomado conocimiento de la presente Resolución de Convocatoria, del Re-
glamento de títulos y puntajes, Resolución S.E. N° 10/17, Resolución Minis-
terial de designación del Jurado y Resolución S.E. N° 1475/16 normativa
que se encuentra en http//www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directi-
vos-y-de-inspección/
Artículo 7°: El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se realizará
en dos etapas (Artículo 24 del Decreto N° 930/15):
Etapa de Vericación de Títulos y valoración de antecedentes por la Junta
de Calicación y Clasicación.
Etapa de Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con
Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista ante el Jurado. Cada
prueba será eliminatoria y su NO aprobación producirá la automática ex-
clusión del Concurso.
Artículo 8°: INCORPORAR el Programa de Concurso y la Bibliografía
como Anexo II integrado por seis (6) fojas, como Anexo III documentación
necesaria al momento de la Inscripción integrado por un único folio y como
Anexo IV Cronograma general integrado por un único folio y que forman
parte de la presente Resolución.
Artículo 9°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Permanente
de Concursos, notifíquese por las vías que contempla la Reglamentación
vigente a Junta de Calicación y Clasicación, las Inspecciones de Zonas,
a los Centros Educativos, a los interesados, publíquese en la Página Ocial
de Gobierno de la Provincia, en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.LIC.EDITH TERESA FLORES DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN INI-
CIAL
ANEXO
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
PRIMARIA
Resolución N° 182
Córdoba, 03 de mayo de 2018
VISTO: La necesidad de proceder a la cobertura de cargos Directivos de
Nivel Primario con carácter titular dependientes de esta Dirección General,
y la Resolución N° 0035/18 emanada de esta Dirección, mediante la cual
se declaró desiertos CUARENTA Y SEIS (46) cargos de Directores de Re-
gión Escolar Segunda y Cuarta Educación Primaria con carácter titular y
de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 10237 y su Decreto Reglamentario
N° 930/15, y
CONSIDERANDO: Que conforme lo dispone la Ley N° 10237, en su Artí-
culo 10° , una vez declarada la vacancia, esta Dirección procede a efec-
tuar el llamado a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la
cobertura en carácter de TITULAR de DOCE (12) cargos de Directores
de 1ra Categoría y TREINTA Y CUATRO (34) cargos de Vicedirectores,
declarados desiertos por Res. N° 0035/18 y VEINTISIETE (27) cargos de
Directores de 1ra Categoría y DIECISEIS (16) cargos de Vicedirectores en
Primera Convocatoria, pertenecientes a las Regiones Segunda y Cuarta,
en un todo de acuerdo con el Artículo 65° del Decreto Ley N° 1910/E/57;
Que en cumplimiento del Artículo 8° del Decreto N° 930/15, la convoca-
toria a Concurso será publicada por el término de CINCO (5) días, en la
Página Web del Gobierno de la Provincia, Boletín Ocial, en la Dirección
General de Educación Primaria, en la Junta de Calicación y Clasicación,
en la Comisión Permanente de Concurso y en las Sedes de las Supervi-
siones Regionales y Zonales para conocimiento del personal de todos los
establecimientos educativos de Educación Primaria dependientes de esta
Dirección General;
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