Resolucion Nº 1754

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición19 de Enero de 2017

MINISTERIO DE EDUCACION

RESOLUCION Nº 1754

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

08 SEP 2017

VISTO:

El Expediente N° 00401-0277664-7 del registro de este Ministerio, mediante el cual la Secretaría de Educación plantea la necesidad de llamar a concurso de titularización para cubrir cargos de base y horas cátedra vacantes Función 42 afectadas a espacios curriculares de los planes de estudio vigentes en la educación formal asignados a los Establecimientos Educativos dependientes de las Direcciones Provinciales de Educación Secundaria, de Educación Técnica, Producción y Trabajo y de Educación de Adultos de la Secretaría de Educación de este Ministerio, comprendidos en la Junta de Escalafonamiento de Educación Secundaria de la Provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que tal iniciativa ha sido recepcionada dentro del marco del acuerdo paritario arribado -Acta Paritaria 2017- en fecha 18 de abril del presente año, homologada por Decreto N° 1133/17, celebrado en el marco de la Ley Provincial vigente N° 12958;

Que garantizar el derecho a la estabilidad docente es una decisión política de esta gestión ministerial en el marco del acuerdo paritario referido, dando por la presente continuidad al proceso de titularización;

Que la fuente legal para formalizar el ingreso del personal docente en todos los niveles y modalidades bajo el régimen concursal está consagrada en la Ley Nº 8927 y la Ley N° 11149, así como en el Decreto N° 3029/12 y modificatorio que aprueba el Sistema Único de Reglamentación de la Carrera Docente para todo el personal docente dependiente de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial, a excepción de los establecimientos y organismos dependientes de la Dirección Provincial de Educación Artística del Ministerio de Innovación y Cultura;

Que el Decreto N° 3029/12 y modificatorio reafirma lo previsto en su similar N° 1339/08 que establece en su Artículo 1º y en su Anexo Único -Artículos 1º - Inciso a) y 3º - Incisos a), b), c), e) y h)-, atribuciones a las Juntas de Escalafonamiento Docente en materia de escalafonamiento concursal como órganos competentes para realizar la evaluación de antecedentes del personal docente que aspira al ingreso en el sistema educativo;

Que cabe destacar que los agentes que posean un cargo dentro de las Fuerzas de Seguridad ("Policía y Servicio Penitenciario") no podrán acceder a la titularización de aquellos cargos y horas cátedra pertenecientes a la Educación en Contextos de...

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