Resolución Nº 1681 de 27 de junio de 2007

Pautas para la destrucción de expedientes.

Res. Nº 1681

La Plata, 27 de junio de 2007.

VISTO Y CONSIDERANDO: Las presentaciones elevadas por el titular del Archivo de este Tribunal, en las que solicita se analice la posibilidad de destruir expedientes que le fueran remitidos por la Secretaría de Actuación y la disuelta Secretaría General.

Que en lo que respecta al material remitido por la Secretaría de Actuación, éste se circunscribe a aquellos recursos de queja y extraordinarios penales -deducidos conforme la ley 11.922- que han sido denegados, no habiendo en ellos actuaciones originales, ni expedientes acollarados, tramitados por ante otros organismos jurisdiccionales.

Que no siendo aplicable a los referidos actuados la normativa que en materia de destrucción de expedientes emana del Ac. 2212, se impone reglamentar dicha tarea, teniendo en cuenta para ello los parámetros generales que surgen del citado decisorio, así como también lo expuesto por el Tribunal en relación a causas que por razones históricas corresponde preservar.

Que en torno a aquellas actuaciones que pertenecieran a la ex Secretaría General, en razón de abordar las mismas una gran variedad de temas que hacen a la función administrativa de la Suprema Corte que actualmente resultan competencia de diversas dependencias de este Tribunal, resulta necesario evaluar separadamente cada uno de los actuados.

POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,

RESUELVE:

Artículo 1º

El Archivo de la Suprema Corte de Justicia procederá a destruir expedientes archivados que pertenecieran a la Secretaría de Actuación, luego de transcurridos diez años contados a partir de la fecha del auto que ordena su archivo.

Artículo 2º

Se excluyen de lo dispuesto en el artículo anterior, los recursos vinculados a causas sustanciadas por homicidio o muerte dudosa con víctimas no identificadas, hallazgos de restos humanos, hábeas corpus, u otro tipo de acción, interpuestas entre los años 1976-1983 (Res. Pte. 1219/97 y 468/06) o períodos diferentes que puedan evidenciar conductas violatorias de derechos humanos por actos de terrorismo de Estado equivalentes, los que revistan interés histórico, cultural o social, previa determinación del Departamento Histórico-Judicial de la Suprema Corte de Justicia, los que en forma individual solicite el Archivo General de la...

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