Resolucion Nº 161 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 120
CORDOBA, (R.A.), MARTES 21 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Concepto sobresaliente 1,00 punto
Concepto distinguido 0,50 puntos
Art. 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a quienes corresponda;
publíquese en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba y archívese.-
Fdo: Prof. Carlos O. Brene, Director General de Educación de Jóvenes y
Adultos
ANEXO: http://goo.gl/hIGOmB
Resolución N° 161
Córdoba, 14 de junio de 2016
VISTO: La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Director
y Vice Director en Centros Educativos de Nivel Secundario,con carácter
titular, en el ámbito de la Dirección General de Educación de Jóvenes y
Adultos, en el marco establecido en la Ley N° 10237 y su Decreto Regla-
mentario N° 930/15; y
CONSIDERANDO:
Que existen en el ámbito de esta Dirección General diversos cargos de
Director y Vice Director que deben declararse vacantes a los nes de su
cobertura con carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N° 10237, en su Art. 10°, una vez de-
clarada la vacancia, esta Dirección General procede a efectuar el llamado
a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en ca-
rácter de TITULAR de los cargos de Director y Vice Director, en un todo
de acuerdo con lo previsto en los Artículos 25°, 27°, 62°,63°cc.y ss. del
Decreto Ley 214/E/63;
Que en cumplimiento del Art. 8° del Decreto N°930/15, la Convocatoria
a Concurso deberá ser publicada por el término de cinco (5) días en la
Página Web del Gobierno de la Provincia, Boletín Ocial, en la sede de
Dirección General de Jóvenes y Adultos, en la Junta de Clasicación, en la
Comisión Permanente de Concursos y en las Supervisiones, para conoci-
miento del personal de todos los centros educativos dependientes de esta
Dirección General;
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15, se prevé un término de cinco
(5) días para la inscripción de los aspirantes en el concurso, a partir de la
última publicación de la Convocatoria;
Que dicha inscripción se deberá efectuar ante la Comisión Permanen-
te de Concursos, tal como lo prevé el Art. 9° del Decreto N° 930/15;
Que la designación de los miembros del Jurado, titulares y suplentes,
se llevará a cabo por Resolución del Ministerio de Educación, con antela-
ción al inicio del período de inscripción, tal como lo establece el Art. 29° del
Decreto N° 930/15, reglamentario de la Ley 10237;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25° del Decreto Ley
214/E/63, se implementarán de acuerdo con la Reglamentación de Con-
cursos establecida en el Decreto N°930/15;
Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN DE JÒVENES Y ADULTOS
R E S U E L V E
Art.1º.- DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la
vacancia de:
A. Diecisiete (17)cargos de Director dependientes de esta Dirección Ge-
neral de Educación de Jóvenes y Adultos;los que se detallan en el Anexo
I, que compuesto por dos (2) folio, forma parte del presente instrumento
legal.-
B. Dos (2) cargos de Vice Director dependientes de esta Dirección Gene-
ral de Educación de Jóvenes y Adultos;los que se detallan en el Anexo II,
que compuesto por un (1) folio, forma parte del presente instrumento legal.-
Art. 2º.- CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposi-
ción para cubrir:
A. Diecisiete (17)cargos vacantes de Director, de Educación Se-
cundaria para Jóvenes y Adultos que se encuentran detallados en
el Anexo I, teniendo lugar la inscripción de aspirantes en el período
comprendido entre el 28 de Junio de 2016 y el 04 de Julio de 2016
inclusive, ante la Comisión Permanente de Concursos.-
B. Dos (2) cargos vacantes de Vice Director, de Educación Se-
cundaria para Jóvenes y Adultos que se encuentran detallados en
el Anexo II, teniendo lugar la inscripción de aspirantes en el período
comprendido entre el 28 de Junio de 2016 y el 04 de Julio de 2016
inclusive, ante la Comisión Permanente de Concursos.-
Art. 3º.- Los aspirantes se inscribirán para las vacantes, debiendo op-
tar por una sola escuela y un solo cargo en el ámbito geográco de la
inspección a la que pertenece, según el Anexo I y el Anexo II de esta con-
vocatoria, de acuerdo a lo preceptuado por el Art. 5° del Decreto N° 930/15,
reglamentario del Art. 10° de la Ley 10237.
Art. 4º.- Podrán acceder al Concurso previsto en el Art. 2° ut supra,
aquellos docentes que reúnan los requisitos establecidos en el Art. 15°
y 16° de la Ley 10237 (modicatorio del Art. 62 y Art. 63 del Decreto Ley
214/E/63) y que a la fecha, se desempeñen en el nivel secundario de la
modalidad de Jóvenes y Adultos, revistando en situación de servicio activo,
en centros educativos de la misma zona de inspección, Art. 5°Dcto. 930/15
y no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación previstas en
el Art. 11° del Decreto N° 930/15.-
Art. 5°.- Los aspirantes deberán inscribirse ante la Comisión Perma-
nente de Concursos que funcionará en el Instituto de Enseñanza Superior
“SIMÓN BOLÍVAR”, sito en Agustín Garzón 1225 de B° San Vicente, de
9:00 a 17:00 horas.
Los aspirantes deberán presentar su legajo docente al momento de la ins-
cripción ante la Junta de Clasicación, la que se constituirá en el mismo
domicilio de inscripción, conteniendo documentación de antecedentes que
consideren pertinente, a los efectos del Concurso.
Los aspirantes recibirán al momento de la inscripción, un instructivo a n
de presentarse ante la Junta Médica constituida “ad hoc”,la que determina-
rá su aptitud psicofísica para el cargo.
Art.6°.- Los aspirantes al Concurso se noticarán de la presente Reso-
lución de Convocatoria al momento de la inscripción, como así también del
Reglamento de Títulos y Puntajes, Resolución Ministerial de designación
del jurado y certicado de acreditación para asistir a la Junta Médica, nor-

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