Resolución N° 153-SSPLINED/18

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 153/SSPLINED/18
Buenos Aires, 16 de marzo de 2018
VISTO:
La Leyes Nacionales Nº 24.521, Nº 26.058 y N° 26.206 y sus modificatorias, las
Resoluciones Nros. 238-CFE/05, 261-CFE/06 y 295-CFE/16, las Leyes de la Ciudad
N° 33 y Nº 5.460, el Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N°
1384-MEGC/09, Nº 2792-MEGC/10, Nº 11-MEGC/17, Nº 541-MEGC/18, el Expediente
Electrónico Nº 22.374.438/MGEYA-DGEGP/17, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por estos actuados el Proyecto de Resolución que aprueba el Plan de
Estudios de la "Tecnicatura Superior en Recursos Humanos" presentado por el
"Instituto Superior Perito Moreno" (A-770);
Que conforme dispone el artículo 35 de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 la
Educación Superior está regulada por la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y por la
Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 en lo que respecta a la Institutos
educativos de formación técnica superior;
Que la Resolución Nº 238-CFE/05 aprueba el "Acuerdo Marco para la Educación
Superior No Universitaria -Áreas Humanística, Social y Técnico-Profesional -";
Que de acuerdo con lo establecido por la normativa nacional vigente, el inicio del
trámite para la obtención de la validez nacional correspondiente a títulos y certificados
de estudios de formación técnico superior está regulado por las resoluciones Nº 261-
CFE/06 y Nº 295-CFE/16;
Que la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 tiene por objeto regular y
ordenar dicha modalidad educativa tanto en los Niveles Secundario y Superior como
en la Formación Profesional;
Que la Ley de Ministerios Nº 5.460 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece
que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministerios, de
conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que la Ley Nº 33 dispone que todo nuevo plan de estudio o cualquier modificación a
ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudio vigentes en los
establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación del Ministerio de
Educación, mediante el dictado de resolución fundada para cada caso concreto;
Que por medio del Decreto Nº 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Educación;
Que es objetivo primordial del Ministerio de Educación desarrollar acciones que
conlleven al mejoramiento de la calidad de la enseñanza y de las propuestas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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