Resolución Nº 148/GCABA/SSTRANS/15

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2015

VISTO:

La Ley aprobatoria del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires N° 2.148, Ley de Plan Urbano Ambiental de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires N° 2.930, La Ley N° 4.103, los Decretos N° 498-GCBA-08, N° 660-

GCBA-11, N° 123-GCBA-12 y el Expediente N° 04228681/2015-DGMS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.148, se aprobó el Código de Tránsito y Transporte; con

competencia del Poder Ejecutivo para designar a la autoridad de aplicación de dicho

cuerpo normativo en una única autoridad de aplicación;

Que por Decreto N° 498-GCBA-08 se designó a esta Subsecretaría como autoridad de

aplicación de dicho cuerpo, con atribuciones entre otras, de "Estudiar y proponer

normas y disposiciones que se relacionen con el tránsito y el transporte urbano en

todos sus aspectos y, cuando corresponda, coordinar sus acciones con otras áreas

involucradas en el tema";

Que es propósito del Plan Urbano Ambiental promover un sistema de transporte

sustentable, estableciendo en su Art. 7° inc. 4) entre sus propósitos la "Eliminación de

barreras físicas y realización de mejoras estructurales que faciliten el uso del

transporte público de bicicletas".

Que a través del Decreto N° 660/GCBA/201, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo Nacional, determinando los objetivos y responsabilidades

de cada jurisdicción, y estableciendo como responsabilidades primarias de la Dirección

General de Movilidad Saludable, dependiente de esta Subsecretaría, entre otras, las

de: "...Estudiar, diseñar e implementar políticas para promover la movilidad saludable

en ciclorrodados y peatonal en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires..." y

"...Planificar la ampliación y regular los servicios de transporte público en bicicletas...";

Que la Dirección General de Movilidad Saludable, desde su Gerencia Operativa de

Promoción de la Movilidad Saludable, propicia políticas de promoción para incentivar

el uso de la bicicleta como un medio de transporte ecológico, saludable y rápido,

contribuyendo con la movilidad en la ciudad, alivianando la congestión vehicular; y

tiene entre sus objetivos la implementación de acciones inclusivas que favorezcan el

cambio cultural a través de...

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