Resolución Nº 135/GCABA/SSDHPC/15

FirmantesAvruj
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2015

VISTO:

La Ley N° 1.075 y sus modificatorias y concordantes, el Decreto N° 90-GCABA/04, el

Expediente

Electrónico 2015-14922149-MGEYA-SSDHPC, el Expediente

61820/SSDH/2004, la Carpeta 1038/SSDH/2004, la Resolución N° 118-SSDH/04 y la

Resolución N° 19-SSDHPC/14, del registro de la Subsecretaría de Derechos Humanos

y Pluralismo Cultural dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 118/SSDH/04, que por razones de economía administrativa

se da por reproducida íntegramente en la presente, se le otorgó al Sr. Marcelo

Gustavo Pérez DNI N° 16.976.961, el subsidio previsto en las leyes consignadas en el

visto;

Que se ha presentado, tras el fallecimiento del nombrado, acaecido el 25 de abril de

2015, su señora esposa, Silvia Inés Lima, DNI 14.941.892 acreditando dicho extremo

con la copia del certificado de defunción que acompaña y solicitando en la calidad de

derechohabiente el subsidio previsto por la Ley 1075 y su Decreto reglamentario 90-

GCABA/04;

Que la Sra. Lima ha acreditado su carácter de cónyuge del causante con la copia de la

partida de matrimonio;

Que según surge de lo actuado, la Sra. Lima cumple con los requisitos previstos en la

normativa de aplicación para el otorgamiento del subsidio peticionado;

Que por ello corresponde hacer lugar a lo solicitado y otorgar el subsidio con carácter

retroactivo al 05 de Junio de 2015;

Que el monto que se debe abonar en carácter retroactivo según liquidación practicada

mediante Providencia N° 25497679-DGAYAV-2015 asciende a la suma de $ 48.006,00

(pesos cuarenta y ocho mil seis pesos);

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en virtud de lo previsto por la Ley N° 1.218.

Que la presente se firma en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 90-

GCABA/04.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Articulo 1° Otórguese el subsidio previsto en los artículos 1 y 4 inc. a) de la Ley N°

1.075 a la Sra. Lima Silvia Inés, DNI 14.941.892, en carácter de...

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