Resolución Nº 132/GCABA/MGOBGC/17

FirmantesScrenci Silva
EmisorMinisterio de Gobierno

VISTO:

La Ley de Ministerios N° 5.460 (Texto consolidado Ley 5.666), el Decreto N° 363/15 y

sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 18.603.840/MGEYA-DGALE/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 5.460, en el artículo 8, apartado b, punto 7, establece que

son funciones comunes a todos los Ministros, en las materias de su competencia,

resolver todo asunto concerniente al régimen administrativo de sus respectivos

Ministerios, ateniéndose a los criterios de gestión que se dictaren, y adoptar las

medidas de coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el

cumplimiento de las funciones de su competencia;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, diversas Subsecretarias,

Direcciones Generales y organismos fuera de nivel;

Que según surge de los presentes actuados, el Director General de Asuntos

Legislativos, dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos

Legislativos de este Ministerio de Gobierno, se ausentará temporariamente de esta

Ciudad el día 24 de agosto del corriente año, por encontrarse afectado a la misión

transitoria de carácter oficial que se realizará en la Ciudad de Federación, provincia de

Entre Ríos, con el objetivo de participar en jornadas de capacitación legislativa, en el

marco del Programa de Formación Académica en Gestión Gubernamental;

Que a los efectos de mantener el normal funcionamiento de las actividades

administrativas de la mencionada dependencia, resulta conveniente encomendar la

atención de los asuntos y la firma del despacho diario de la aludida Dirección General;

Que a tal fin, el titular de la Dirección General Asuntos Legislativos propicia

encomendar su firma a la señora Directora General de la Dirección General Reforma

Política y Electoral dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos

Legislativos, mientras dure la mencionada ausencia;

Que el titular de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, ha

tomado la intervención de su competencia;

Que por ese motivo, corresponde dictar el acto administrativo que contemple dicha

...

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