Resolución N° 13/SSCOMUNIC/18

EmisorSubsecretaría de Comunicación - Ministerio de Economía y Finanzas - Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 13/SSCOMUNIC/18
Buenos Aires, 24 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria Ley N° 5.960,
la Ley N° 2.603 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Código Fiscal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (t.o. Decreto N° 59-GCABA-18), los Decretos N° 363-
GCABA-2015 y sus modificatorios, N° 578-GCABA-2016, N° 60-GCABA-18, la
Resolución N° 19-SSCOMUNIC-2018 y el Expediente Electrónico N° 2018-25521717-
SSCOMUNIC y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460, texto consolidado por Ley N° 5.666, modificada por Ley N°
5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que le corresponde a la Subsecretaría de Comunicación asistir al Jefe de Gobierno en
todo lo inherente a sus competencias, entre las que se encuentran las de "Fortalecer el
contacto directo y la comunicación entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y los vecinos", y la de "Elaborar y evaluar las propuestas de soporte
comunicacional que permitan mejorar la relación de las jurisdicciones del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los usuarios de los servicios que produce la
Ciudad";
Que por Decreto N° 363-GCABA-2015 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando a la Dirección General Comunicación Participativa, bajo la órbita
de la Subsecretaría de Comunicación, la cual tiene entre sus facultades la de generar
herramientas de comunicación que permitan la participación y toma de conocimientos
por parte de los ciudadanos de las acciones del Gobierno de la Ciudad, comunicando
proyectos e iniciativas del mismo mediante eventos, y elaborando procesos
participativos que permitan lograr una comunicación efectiva de las políticas públicas;
Que asimismo, el Decreto N° 363-GCABA-2015 y sus modificatorios, establecieron
entre las responsabilidades primarias de la Secretaría de Transporte, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la de "Entender en los aspectos relacionados con el transporte, la
circulación peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo económico,
ambiental y social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", así como también
"Implementar las políticas referidas a la habilitación de conductores y a la educación
vial";
Que la Ley N° 2.603 (texto consolidado por Ley N° 5.666) creó la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el
ámbito del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo establecido por el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (t.o. Decreto N° 59-GCABA-18), en su artículo 3° inciso 1°, en ejercicio de su
competencia la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos se encuentra
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5485 - 25/10/2018

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