Resolución Nº 1176/GCABA/MHGC.../17
Firmantes | Bou Pérez - Mura |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA<br/>MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
VISTO:
La Ley N° 2155 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto reglamentario N°
308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente Electrónico N°
5203394/2017 (DGAYDRH), y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José
María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 109/HGAP/2017,
modificada por Disposición N° 189/HGAP/2017, designó con carácter interino a la Dra.
María Soledad Del Valle Vitale, D.N.I. 31.641.885, CUIL. 27-31641885-1, como
Especialista en la Guardia Médica Asistente (Tocoginecología), con 30 horas
semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de
Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987
(texto consolidado por Ley N° 5.666) y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y
modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médica, suplente
(Tocoginecología), del citado Hospital;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda,
ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la
cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley
N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), ha efectuado las observaciones
pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que
fueran necesarias para incorporar a la misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los
términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA
RESUELVEN
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