Resolución Nº 113/GCABA/MJYSGC/17
Firmantes | Ocampo |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
VISTO:
La Ley N° 2.947 (con texto consolidado según Ley 5.666), el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1510/GCBA/97 (texto consolidado según Ley 5.666), la Resolución N°
576/MJYSGC/2012, los
Expedientes N° 34812139/SISYPC/2015, N°
7307197/SISYPC/2016 y N° 11364857/SISYPC/2006 y:
CONSIDERANDO:
Que, la entonces Ley N° 2.947 (texto consolidado según Ley N° 5.666) del Estatuto del
Personal de la Policía Metropolitana, determinaba las bases jurídicas e institucionales
que regían la relación de empleo del personal de la Policía Metropolitana;
Que el artículo 17 de la entonces Ley N° 2.947 (texto consolidado según Ley N° 5.666)
establecía que el Escalafón General Policial se organizaba en una categoría única con
grados en orden creciente;
Que, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCBA/97 (texto consolidado según
Ley 5.666), en su artículo 107, establece que: "Podrá interponerse recurso de
reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la
tramitación del reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de
mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá
interponerse dentro de los diez (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano
que lo dicto, el cual será competente para resolver lo que corresponda conforme a lo
dispuesto por el Artículo 105";
Que, el artículo 98 del mencionado Decreto establece que: "Interposición de recursos
fuera de plazos. Una vez vencidos los plazos establecidos para interponer recursos
administrativos se perderá el derecho para articularlos, quedando firme el acto. Ello no
obstará a que se considere la petición como denuncia de ilegitimidad por el órgano
que hubiera debido resolver el recurso, salvo que éste dispusiera lo contrario por
motivos de seguridad jurídica o que, por estar excedidas razonables pautas
temporales, se entienda que medio abandono voluntario del derecho. La decisión que
resuelva la denuncia de ilegitimidad será irrecurrible y no habilitará la instancia
judicial";
Que mediante Resolución N° 576/MJYSGC/2012 (BOCBA del día 06 de septiembre
del 2012), se designó en la entonces Policía Metropolitana a partir del 27 de agosto de
2012, con el grado de Oficial, al Sr. Eduardo Fabián Méndez (DNI 30.475.021 - L.P.
4258);
Que, por el Expediente N°...
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