Resolución Nº 11

EmisorDirección General de Compras y Contrataciones
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 90
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 6 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 30
Córdoba, 4 de Mayo de 2016
VISTO: La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones
de la Administración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N°
305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano
rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrata-
ciones conforme el artículo 30 de la Ley N° 10.155.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de
precios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayo-
res garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que es competencia de esta Dirección General determinar los bienes
y/o servicios que pueden contratarse por subasta electrónica conforme
surge del artículo 8.2.1. del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N° 32/2014,
35/2014, 06/2015, 12/2015, 18/2015, 21/2015, 23/2015, 31/2015, 44/2015,
51/2015, 05/2016, 06/2016, 14/2016 y 22/2016 la Dirección General de
Compras y Contrataciones aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios
de la Administración Pública Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejo-
rar la calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los prin-
cipios de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y
oportuno incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 30 /2016.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el proce-
dimiento de selección de subasta electrónica, los bienes que se detallan a
continuación:
Código Nombre
3912170031 BASE PORTAFUSIBLE
3912170036 BUSCAPOLO
3912130016 CAJA DE CABLE CANAL
3912130011 CAJAS ESTANCO
3912130008 CAJAS PARA TOMA DE CORRIENTE
4014170066 CAÑOS PARA ELECTRICIDAD
3120150002 CINTA AUTOADHESIVA AISLANTE ELECTRICA
3120150024 CINTAS AUTOSOLDANTES
3912140009 CONECTORES DE CABLES ELECTRICOS
3114160002 CONTRA VIDRIO PARA VENTANAS
3017170005 CRISTAL LAMINADO
3912160016 DISYUNTOR DIFERENCIAL
2513200008 DRON
3912150056 FOTOCELULAS
3912160026 FUSIBLES INDUSTRIALES
3912160033 JABALINA
4512150018 KITS DE CAMARA
3912170046 LLAVES CAPSULADAS PARA EXTERIOR
3912170043 LLAVES TERMOMAGNETICAS
3911160006 LUMINARIAS CON BRAZO PARA EXTERIOR
3912140041 MODULO TOMA
1311100041 PLACAS DE POLICARBONATO COMPACTO
3912170008 RIEL DIN
3121170004 SELLADORES O FIJADORES
8512150004 SERVICIOS MEDICOS DE EMERGENCIA DE MEDI-
COS DE ATENCION PRIMARIA
3116280071 TARUGO DE FIJACION PLASTICO
3912170045 TERMICAS TERMOMAGNETICAS
3912140032 TERMINALES ELECTRICOS
3912160013 TOMACABLE DE JABALINA
3116150003 TORNILLO
3911160003 TORTUGAS PARA ILUMINACION EXTERIOR
3912170044 UNIONES PARA TUBERIA
3116280048 VENDA DE PARCHE PARED
3213100013 ZOCALOS DE CIRCUITO INTEGRADO
3214110007 ZOCALOS PARA TUBOS FLUORESCENTES
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: CRA. MARÍA GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COM-
PRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N° 11
Córdoba, 23 de Febrero de 2016
VISTO: Las competencias de la Dirección General de Compras y
Contrataciones por Ley N° 10.155 (Régimen de Compras y Contratacio-
nes de la Administración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N°
305/2014; y el Expediente N° 0700-118256/2015 de Apertura de Procedi-
miento Sancionatorio a la rma UCONS S.R.L. CUIT N° 30-66897558-1.
Y CONSIDERANDO:
Que en carácter de órgano rector, en los términos del artículo 30 del
Decreto Reglamentario N° 305/2014, compete a esta Dirección General
regular y controlar el sistema de compras y contrataciones públicas.
Que conforme surge de las funciones que enumera el artículo 31.1 inc.
i) del Decreto citado, esta Dirección se encuentra facultada para aplicar las
sanciones de suspensión, apercibimiento e inhabilitación según lo estable-
cido en el Anexo V de dicho Decreto.
Que en el marco de la normativa citada, la Dirección General de Coor-
dinación Operativa del entonces Ministerio de Gestión Pública, requirió la
apertura del procedimiento sancionatorio a la rma UCONS S.R.L. CUIT
N° 30-66897558-1, en virtud de las disposiciones de la Resolución N° 631
de fecha 01 de junio de 2015 emitida por la entonces Sra. Ministra de Ges-
tión Pública.
Que, la causal invocada para la aplicación de sanciones, se fundó en la
situación acontecida en el marco de la subasta electrónica N° 2015/000038

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