Resolución Nº 101/GCABA/MJGGC/16

FirmantesMiguel
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2016

VISTO:

La Ley N° 70 y sus normas reglamentarias, los Decretos N° 1000/99, N° 103/13 y N°

46/16, la Disposición N° 24/DGOPP/11, el Expediente Electrónico 38.896.993-

MGEYA-SSDPCIU-2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y

proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben

redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada;

Que por el Decreto N° 1.000/99, se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo

artículo 14

dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo.

establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de los

funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos, los

cuales gozarán, por el plazo fijado en la ley, de una remuneración equivalente a la del

cargo que ocupaban;

Que por Disposición N° 24/DGOPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto aprobó la reglamentación que se aplica para la presentación del

informe final de gestión, en los términos del artículo 25 de la Ley N° 70;

Que la referida Disposición establece que la aprobación del informe final de gestión

debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe

de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo;

Que por Decreto N° 46/16, se aceptó a partir del 10 de Diciembre de 2015 la renuncia

presentada el señor Sergio Gabriel Costantino, DNI N° 22.366.623, CUIL N° 20-

22366623-0, como Subsecretario de la entonces Subsecretaria de Descentralización,

Desconcentración y Participación Ciudadana dependiente de la entonces Secretaria

de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, cuya designación fuera dispuesta

mediante Decreto N° 103/13;

Que por el expediente indicado en el visto tramita el informe final de gestión elaborado

por el funcionario saliente, de conformidad con la normativa citada;

Que por lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el

mencionado informe final de gestión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de

la Ley N° 70.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 70 y sus normas

reglamentarias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE

Artículo 1 Apruébase el informe final de gestión (IF-2015-38898183-SSDPCIU)

presentado por el señor Sergio...

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