Resolución Nº 1.046/08 de 22 de Agosto de 2008
La Plata, 22 de agosto de 2008.
VISTO el sistema de pago denominado "Sistema de Liquidación de Bingos" aprobado por Resolución Nº 977/08;
CONSIDERANDO:
Que conforme el artículo 1º de la resolución mencionada el nuevo sistema debía entrar en vigencia a partir de las Jugadas del día 11 de agosto del corriente año, fecha a partir de la cual las Salas de Bingo podrían optar por efectuar el pago de sus obligaciones por el nuevo procedimiento o en su caso mediante la adhesión al sistema de débito y crédito automático;
Que la puesta en marcha del sistema ha evidenciado la necesidad de admitir un período de transición de forma tal que los distintos intervinientes (Salas de Bingo, sectores del lPLyC y Entidades Bancarias) ajusten el mecanismo de pago en su faz operativa, como así también para que las Salas comuniquen de manera fehaciente el uso de la opción (art. 2º);
Que consecuentemente deviene oportuno prorrogar la fecha de entrada en vigencia del denominado "Sistema de Liquidación de Bingos" autorizado por Resolución 977/08 y a tales fines modificar la redacción del art. 1º de dicho acto;
Que se expiden la Dirección de Sistemas, la Dirección Jurídico Legal, la Dirección Provincial de Administración y Finanzas y la Dirección Provincial de Juegos y Explotación;
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por Leyes Nº 11.018 y 13.063, Artículo 4º de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el Artículo 2º del Decreto Nº 1170/92 -texto según Decreto Nº 1324/01-, Decreto Nº 245/02, sus prórrogas y Decreto Nº 37/07;
Por ello;
EL INTERVENTOR DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS, RESUELVE:
Modificar el art. 1º de la Resolución 977/08 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"... ARTlCULO 1º. Comunicar a las Entidades de Bien Público titulares de las Salas habilitadas y/o a sus Terceros...
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