Resolución Nº 1.046/08 de 22 de Agosto de 2008

La Plata, 22 de agosto de 2008.

VISTO el sistema de pago denominado "Sistema de Liquidación de Bingos" aprobado por Resolución Nº 977/08;

CONSIDERANDO:

Que conforme el artículo 1º de la resolución mencionada el nuevo sistema debía entrar en vigencia a partir de las Jugadas del día 11 de agosto del corriente año, fecha a partir de la cual las Salas de Bingo podrían optar por efectuar el pago de sus obligaciones por el nuevo procedimiento o en su caso mediante la adhesión al sistema de débito y crédito automático;

Que la puesta en marcha del sistema ha evidenciado la necesidad de admitir un período de transición de forma tal que los distintos intervinientes (Salas de Bingo, sectores del lPLyC y Entidades Bancarias) ajusten el mecanismo de pago en su faz operativa, como así también para que las Salas comuniquen de manera fehaciente el uso de la opción (art. 2º);

Que consecuentemente deviene oportuno prorrogar la fecha de entrada en vigencia del denominado "Sistema de Liquidación de Bingos" autorizado por Resolución 977/08 y a tales fines modificar la redacción del art. 1º de dicho acto;

Que se expiden la Dirección de Sistemas, la Dirección Jurídico Legal, la Dirección Provincial de Administración y Finanzas y la Dirección Provincial de Juegos y Explotación;

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por Leyes Nº 11.018 y 13.063, Artículo 4º de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobada por el Artículo 2º del Decreto Nº 1170/92 -texto según Decreto Nº 1324/01-, Decreto Nº 245/02, sus prórrogas y Decreto Nº 37/07;

Por ello;

EL INTERVENTOR DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS, RESUELVE:

ARTICULO 1º

Modificar el art. 1º de la Resolución 977/08 el que quedará redactado de la siguiente manera:

"... ARTlCULO 1º. Comunicar a las Entidades de Bien Público titulares de las Salas habilitadas y/o a sus Terceros...

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