RESOLUCIÓN Nº 0598

Fecha05 Abril 2018
Número de registro21853
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

27 MAR 2018

VISTO:

El expediente Nº 00201-0188394-8, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en cuyas actuaciones se tramita la modificación del procedimiento llevado adelante para disponer los retiros voluntarios del personal policial; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Provincial de Gestión de Carrera y Bienestar Policial de este Ministerio informa en autos, que se ha efectuado un pormenorizado relevamiento sobre los expedientes administrativos por los cuales se tramitan los retiros voluntarios del personal policial y, expresa, que se ha advertido una dilación innecesaria en la obtención de la resolución, en razón de la multiplicación de trámites y pasos procedimentales que no resultan indispensables ni son relevantes a los fines del dictado de la resolución de retiro;

Que expresa que esta situación genera una enorme cantidad de inconvenientes, no sólo para el personal policial que manifiesta su voluntad de retirarse porque ha cumplimentado los requisitos exigidos por la ley y tiene que esperar años para obtener la resolución de retiro sino también, para la propia Administración ya que se produce un dispendio procedimental innecesario en virtud de la proliferación de trámites que no son conducentes al dictado del retiro;

Que por ello, se diseñó un nuevo procedimiento que deberán seguir los trámites de retiro voluntario, a fin de agilizar el trámite y obtener el dictado de la resolución de manera rápida, preservando el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley N° 11530 a estos fines;

Que la presente resolución se dicta en el marco de las facultades delegadas al señor Ministro de Seguridad, según la Ley de Ministerios, que establece que le corresponde “Entender en la organización y régimen de la Policía de la Provincia de Santa Fe, programando las modificaciones que resulten necesarias…”;

Que por lo expuesto, no existiendo objeciones legales que formular, y atento al Dictamen Nº 416/18 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, corresponde dar curso favorable a la presente gestión;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Aprobar, por las razones expuestas precedentemente, el procedimiento para el trámite de los retiros voluntarios solicitados por el personal policial en el marco de las Leyes Nros. 11530 y 12521, que como Anexo I forma parte del presente decisorio, en un total de cinco (5) fojas útiles.

ARTICULO 2º: Disponer que todo el personal que de ahora en adelante solicite su retiro voluntario deberá seguir dicho procedimiento.

ARTÍCULO 3°: Determinar que la totalidad de los trámites iniciados a la fecha del dictado de la presente resolución en los que se solicita el retiro voluntario, cualquiera sea el estado en que se encuentren, deberán adecuar su procedimiento a lo establecido en el Anexo I de la presente norma.

ARTICULO 4°: Disponer que los pedidos de retiro voluntario que se encuentren tramitando en la órbita de la Jefatura de Policía de Provincia, de las Unidades Regionales y/o demás dependencias policiales deberán ser ingresados, en el estado en que se encuentren y en el plazo máximo de diez (10) días de notificada la presente resolución, por la Mesa de Entradas del Ministerio de Seguridad de Santa Fe o de Rosario, debiendo a continuación seguir el trámite dispuesto en el mencionado Anexo I.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, hágase saber, publíquese y archívese.

ANEXO I

INSTRUCTIVO A LOS FINES DE TRAMITAR LA SOLICITUD DEL RETIRO VOLUNTARIO

1.- EN QUE CONSISTE EL INSTRUCTIVO

El presente instructivo tiene por objeto reglamentar los procedimientos administrativos que deben seguirse cuando el personal policial pretende la obtención de su retiro voluntario.

2.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO

Cuando el personal policial haya alcanzado los años de servicios exigidos por la Ley N° 11530 debe seguir los siguientes pasos:

Solicitar en la División Personal de la Unidad Regional o dependencia correspondiente al destino en que esté prestando servicios la siguiente documentación: a) Modelo de nota a los fines de solicitar su retiro voluntario y ejercicio de la opción del Artículo 48° de la Ley Nº 11530; b) Formulario de Declaración Jurada en la que manifieste que no prestó servicios en el ámbito federal; c) Informe expedido por dicha División en el que conste la cantidad de años de servicios prestados, deduciendo las interrupciones al servicio y licencias no gozadas y en el que quede constancia emitida por dicha División que acredite el envío del legajo actualizado del personal solicitante al Departamento Personal (D-1) de la Policía de la Provincia.

Una vez que se haga de la documentación mencionada, deberá concurrir a la Mesa de Entradas del Ministerio de Seguridad en la ciudad de Santa Fe o en la ciudad de Rosario a fin de iniciar el expediente administrativo correspondiente, el que deberá encabezarse con la nota de inicio mencionada en el punto anterior conjuntamente con la documentación señalada.

Se deja expresa constancia que una vez remitido el legajo del personal al Departamento D-1 de la Policía e iniciado el trámite de retiro voluntario el personal, cualquiera fuere su destino, comenzará a depender del Departamento Personal D-1.

3.- TRAMITE

El primer destino que deberá otorgarse al expediente administrativo...

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