RESOLUCIÓN Nº 0064 - TCP

Fecha15 Marzo 2024
Número de registro42193
EmisorTRIBUNAL DE CUENTAS

SANTA FE, 12 de marzo de 2024

VISTO:

El expediente n.º 00901-0110622-0 del Sistema de Información de Expedientes -Tribunal de Cuentas de la Provincia-; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 48 el Vocal Jurisdiccional “A” de Sala II se dirige por Nota a la Dirección General de Presidencia, en la que manifiesta que: “En razón de mi designación en carácter de suplente ante ausencia o imposibilidad del titular (cfr. art. 2º – Res. N.º 0075/22 TCP), para representar a este Tribunal en la ‘Comisión Interprovincial de Control Externo’ del Túnel Subfluvial Uranga – Sylvestre Begnis, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 196º de la Ley N.º 12510, ante la posibilidad que se verifique causal de excusación prevista en el artículo 11º del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe (Ley Nº 5531), quien suscribe solicita sea reemplazado en la suplencia de tal representación, a los fines de evitar toda intervención que podría caberle en el control externo de dicho ente, aún cuando no implique el ejercicio de función jurisdiccional a cargo de este Tribunal.”;

Que el Presidente del Organismo remite las actuaciones en fecha 8-3-2024 al Gabinete de Gestión y Relaciones Institucionales, a los fines que elabore el anteproyecto de Resolución, para su tratamiento en Reunión Plenaria, el que se agrega a fs. 50/51;

Que siendo competencia de la Vocalía Jurisdiccional “B” de Sala I el control del Ente Interprovincial Túnel Subfluvial Uranga – Sylvestre Begnis”, según lo dispuesto por Resolución Nº 0359/23 TCP, corresponde actúe el Dr. Marcelo Luis Terenzio, como reemplazante del representante titular de este Tribunal – previsto en el artículo 1º de la Resolución Nº 0075/22 TCP - para integrar la Comisión Interprovincial de Control Externo constituida en el Convenio Nº 001/22 del Registro de Convenio y Contratos (Res. Nº 0082/16 PTCP), suscripto con el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos;

Por ello, y en el marco de lo previsto por el artículo 200º, inciso j), de Ley Nº 12510 - modificada por Ley Nº 13985 - y de conformidad a lo resuelto en Reunión Plenaria realizada en fecha 12-3-2024 y registrada en Acta Nº 1922;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1º: Dejar sin efecto, a partir de la fecha de la presente, lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución Nº 0075/22 TCP.

Artículo 2º: Establecer que el Vocal Jurisdiccional “B” de Sala I, Dr. Marcelo Luis Terenzio, actuará como reemplazante del Vocal designado por el artículo...

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