RESOLUCIÓN Nº 0058 - TCP

Fecha10 Marzo 2023
Número de registro38985
EmisorTRIBUNAL DE CUENTAS

SANTA FE, 7 de marzo de 2023

VISTO:

El expediente n.º 00901-0118079-4 del Sistema de Información de Expedientes - Tribunal de Cuentas de la Provincia - iniciado por la Dirección General de Administración, relacionado con la reglamentación de concursos internos de personal; y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Administración pone a consideración de la Fiscalía Jurídica una propuesta de modificación de la resolución que reglamenta el procedimiento de selección de postulantes a través de concursos internos en el ámbito del Tribunal de Cuentas de la Provincia;

Que dicha modificación consiste en fijar los plazos de difusión e inscripción, en idéntico sentido al establecido hasta el 31-12-2022 por la Resolución Nº 0090/18 TCP, a los fines de dotar de mayor celeridad y agilidad a los procedimientos;

Que durante la vigencia de la Resolución arriba citada, se llevaron a cabo ciento cincuenta y dos concursos internos;

Que por ello, corresponde sustituir el segundo párrafo del artículo 3º del Anexo de la Resolución Nº 0316/22 TCP, por el texto del artículo 5º, segundo párrafo, de la Resolución Nº 0090/18 TCP: “(…) La difusión deberá iniciarse con una antelación mínima de cinco (5) días respecto de la apertura de la inscripción, y el tiempo de esta última no podrá ser inferior a cinco (5) días.”;

Que Fiscalía Jurídica, mediante dictamen n.º 0123/23 (fs. 4) se expide sin formular objeciones al presente trámite;

Por ello, en virtud de la autarquía administrativa y autonomía funcional, como así también de la competencia para resolver las cuestiones propias de la organización interna, de este Tribunal, previstas en los artículos 192º segundo párrafo “ab initio” y 200°, inciso j), respectivamente, de la Ley Nº 12510, modificada por Ley Nº 13985, en Reunión Plenaria de fecha 7-3-2023, registrada en Acta Nº 1828;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1º: Modificar el Artículo 3º del Anexo de la Resolución Nº 0316/22 TCP, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 3º: Difusión. La Dirección General de Presidencia tendrá a su cargo la difusión del llamado a concurso, publicando la Resolución en la sección de Novedades de la Intranet del Organismo.

La difusión deberá iniciarse con una antelación mínima de cinco (5) días respecto de la apertura de la inscripción, y el tiempo de esta última no podrá ser inferior a cinco (5) días.”

Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, comuníquese a...

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