RESOLUCIÓN Nº 0043 - TCP

Fecha23 Marzo 2022
Número de registro35746
EmisorTRIBUNAL DE CUENTAS

SANTA FE, 17 de marzo de 2022

VISTO:

El expediente n.º 00901-0110034-1 del Sistema de Información de Expedientes - Tribunal de Cuentas de la Provincia, iniciado por la Dirección General de Presidencia del Órgano de Control Externo; y,

CONSIDERANDO:

Que por Nota de fecha 11 de marzo del corriente (fs. 1), el Vocal Jurisdiccional “A” de Sala I, CPN Oscar Marcos Biagioni, solicita al Presidente CPN Sergio Orlando Beccari, que se incorpore en toda la documentación producida en ámbito del Tribunal de Cuentas de la Provincia, la imagen representativa de nuestras Islas Malvinas, por resultar icónica para todos los compatriotas, y considerarse un símbolo recordatorio importante de la soberanía de nuestro pueblo sobre esa porción territorial, como así también un claro homenaje a aquellos combatientes que fueron protagonistas de la epopeya emprendida hace casi 40 años contra la ocupación ilegítima de nuestra geografía Argentina;

Que el nombrado Vocal, manifiesta además que “quienes tenemos la responsabilidad de custodiar el patrimonio de la hacienda pública y la buena gestión de los gobiernos, también debemos asumir el compromiso de crear conciencia entre nuestros compatriotas de mantener vivo el sentimiento respecto de los derechos que poseemos por ser argentinos sobre esa porción de patria, custodiando y protegiendo nuestro dominio nacional imprescriptible con firmeza inclaudicable”;

Que la iniciativa expresada en el primer párrafo del “Considerando” tiene por objeto complementar la medida dispuesta por el Cuerpo Plenario mediante Resolución Nº 0021/22, la cual instituye que la documentación del Tribunal de Cuentas debe contener las leyendas: “2022 – BICENTENARIO DE LA BANDERA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE” y "LAS MALVINAS SON ARGENTINAS";

Que por las razones expuestas, el Tribunal de Cuentas entiende procedente y trascendente incorporar en toda la documentación que produzca, la imagen de las Islas Malvinas, como marca de agua, de manera que sea visible sin afectar la lectura del texto de los documentos;

Por ello, de acuerdo con lo establecido en los artículo 192º, segundo párrafo ab initio y 200º inciso j), de la Ley Nº 12510 modificada por Ley Nº 13985 y lo resuelto en Reunión Plenaria de fecha 17-3-2022, registrada en Acta Nº 1775;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1º: Incorporar durante el año 2022, a todos los formularios vigentes y en uso, folletería, publicaciones web y toda otra documentación, además de las leyendas que...

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