RESOLUCIÓN Nº 0039

Fecha26 Octubre 2022
Número de registro37794
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,19/10/2022

VISTO:

El expediente N° 02004-0006630-1 del sistema de información de expedientes -MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - mediante el cual se gestiona la habilitación del Centro de mediación “Mediare” con domicilio en calle Montevideo 2430 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1747/2011 se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación;

Que, por Disposición N° 0063/2011 de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales se regula lo referido a la habilitación de oficinas y centros de mediación;

Que, los artículos 3, 4, 5 y 6 de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de croquis de arquitectura, los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada;

Que, la Dra Marcela Alejandra Napoleone se presenta y solicita a habilitación del Centro de Mediación “Mediare” sito en calle Motevideo 2430 de la ciudad de Rosario, junto con la documentación a tales efectos;

Que, obran en las presentes actuaciones, croquis Anexo I, declaración jurada Anexo II Disposición N° 0063/11, fotos, informe e inspección de la Coordinadora a/c;

Que, del análisis de las constancias acompañadas, surge que las instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición N° 0063/2011 para su habilitación;

Que, por lo expuesto y en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto Nº 0214/19, ratificado por el Decreto Nº 0952/2021 y la estructura orgánica funcional del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE ACCESO A LA JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Habilítense las instalaciones destinadas al Centro de Mediación "Mediare" ubicado en calle Montevideo 2430 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y expídase el correspondiente Certificado de Habilitación N° 94.

ARTÍCULO 2º: Téngase como responsable de ese Centro de Mediación a la Dra. Marcela Alejandra Napoleone, teléfono 341-3383272, correo electrónico marcelanapoleone@yahoo.com.ar.

ARTÍCULO 3º: Establécese que la habilitación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Subsecretaría de Acceso a la Justicia en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la Disposición N° 0063/2011 o la norma vigente en la materia.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese y...

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