RESOLUCIÓN N° 0036

Fecha05 Abril 2018
Número de registro21842
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

26 MAR 2018

VISTO:

El expediente N° 02001-0033678-2 del Registro del Sistema de Información de expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación de un Centro de Mediación en la ciudad de Esperanza;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1747/2011 se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación;

Que, mediante Disposición N° 0063/2011 de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales se regula lo referido a la habilitación de oficinas y centros de mediación;

Que, los artículos 3°, 4°, 5° y 7° de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de croquis de arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada-;

Que, el articulo 6° establece que: " ... el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial. la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición";

Que, el Dr. Luis Oscar Monti, abogado, mediador, presenta ante la Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas a Mediación de un Centro de Mediación ubicadas en General Paz 2452 de la ciudad de Esperanza, en la sede de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento las Colonias, obrando la correspondiente autorización del Presidente y demás autoridades para realizar el presente pedido, en su carácter de Secretario de la Federación;

Que, obra solicitud con la designación del Dr. Luis Monti como responsable del Centro, consigna nuevamente responsable del centro, declaración jurada, constituye domicilio y se compromete el solicitante a presentar nómina de mediadores que constituyan domicilio en dicho centro y notificar las altas y bajas;

Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición N" 0063/2011 para su habilitación;

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto N° 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN

LEGAL Y DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Habilítense las instalaciones...

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