RESOLUCIÓN N° 0004

Fecha20 Febrero 2018
Número de registro21526
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

, 07 FEB 2018

VISTO:

El Expediente N° 02001-0036352-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona el llamado a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe, Ley 13.151, año 2017; y

CONSIDERANDO

Que, la Ley N° 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, la que se reglamenta mediante Decreto N° 1747/11;

Que, en su artículo 3°, determina que: "El Registro de Mediadores y Comediadores se constituirá en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación";

Que, la reglamentación respectiva establece que el mencionado Registro funcionará en el ámbito de la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales y tendrá a su cargo, entre otras cuestiones, la de "Confeccionar la nómina de mediadores y comediadores habilitados para actuar como tales con las facultades, deberes y obligaciones establecidos por la Ley N° 13.151, su reglamentación y normas complementarias, fijando la sede o sedes de actuación de cada uno";

Que, los artículos 24° y 25° de la Ley N° 13.151 y del Anexo I del Decreto N 1747/11, establecen los requisitos para ser mediador y comediador, así como lo relativo a su acreditación;

Que, por Decreto N° 4688/14 se modifican los artículos 24° y 25° agregándose como requisito para inscribirse al Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia: " ... acreditar como práctica profesional haber participado en dos mediaciones como comediadores a partir de un programa de pasantías que determinaran las instituciones

Formadoras en conjunto con los Centros de Mediación según las pautas que fije la DPDSCI. Asimismo en el primer año de habilitación de la matrícula como mediador deberán acreditar haber intervenido en dos mediaciones gratuitas.”

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto N° 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE

COORDINACIÓN LEGAL Y

DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Convóquese a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe para los nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista desde el día 26 de febrero hasta el 28 de marzo del año 2018, en la forma y los horarios indicados en el Anexo Único de la presente, conforme Resolución N° 0413/11.-

ARTÍCULO 2º: Cumpliméntese el requisito de haber participado en dos mediaciones como comediador mediante constancia extendida por el responsable de la Institución Formadora y/o del Centro de Mediación.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese en el boletín oficial y en los diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días y archívese.-

Dr. Leandro Maiarota

Sec. de Coord. Legal y de Pol. Judiciales

ANEXO ÚNICO

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CAPACITACIÓN CONTINUA DE MEDIACIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

1.- ALCANCE:

El presente instructivo establece las pautas generales que rigen el procedimiento de inscripción al Registro de Capacitación Continua en Mediación de la Provincia de Santa Fe.

2.- ETAPAS DE LA INSCRIPCION:

La inscripción constará de las siguientes etapas:

2.1.- Llamado a inscripción: mediante publicación en la página web de la Provincia de Santa Fe, en el boletín oficial y en los diarios de mayor circulación por el término de dos (2) días.

2.2. Solicitud de inscripción en sitio web: durante los días 26 de febrero hasta el 28 de

marzo del año 2018, en sitio web www.santafe.gov.ar/mediacion.

2.3.- Presentación y Recepción de documentación: en la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la solución de Conflictos Interpersonales, en el horario de 8 a 13 hs, de cada nodo:

Nodo Santa Fe: Moreno Nº 2752, teléfonos 0342-4619960/4619961, e- mail agemsantafe@santafe.gov.ar.

Nodo Rosario: Av. Pellegrini N° 2015, teléfonos 0341-4728687/4728688, e- mail: agemrosario@santafe.gov.ar.

Nodo Venado Tuerto: Av. Santa Fe N° 770, teléfono 03462-48809, e-mail: agemvenadotuerto@santafe.gov.ar.

Nodo Rafaela: ltuzaingo N° 52, teléfono 03492-453020, e-mail: agemrafaela@santafe.gov.ar.

2.4.- Ponderación de cumplimiento de los requisitos: establecidos por Art. 24° y 25° del Anexo l del Decreto N° 1747/11.-

2.5.- Acreditación o Baja del Registro de Mediadores y Comediadores: mediante disposición fundada de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales

2.6.- Comunicación a los solicitantes de la continuidad o baja del Registro: mediante notificación fehaciente.-

2.7.- Entrega de credencial y modelo de sello, así como registro de firma en la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales de las ciudades de Santa Fe y Rosario, en días y horarios a determinar por la misma.

3.- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:

Los mediadores que soliciten la inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe deberán ingresar al sitio web www.santafe.gov.ar/mediacion a fin de cargar sus datos personales, de formación profesional' y de formación y capacitación en mediación, según las indicaciones efectuadas en el sistema. En ese mismo acto, el interesado fijará un correo electrónico, a los fines del sistema de notificaciones electrónicas, previsto en la Resolución Nº 0411/11 -M.J.D.H.-.

Una vez realizada la solicitud de inscripción, la Agencia de Gestión de Mediación enviará un correo electrónico al correo personal fijado, confirmando la recepción del trámite y

solicitando la presentación de la documentación que se detalla más abajo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud de inscripción en el sito indicado, según lo indicado en el punto 2.3.

La documentación deberá presentarse en un sobre que contenga la leyenda "Solicitud de

Inscripción al Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe", con

indicación de la o las Sedes para las cuales se inscribe - "Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección...

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