Resolución N° 0004

Fecha de publicación19 Febrero 2018
Fecha de disposición19 Enero 2018
SecciónVII- AVISOS OFICIALES

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS

RESOLUCIÓN N° 0004

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

, 07 FEB 2018

VISTO:

El Expediente N° 02001-0036352-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona el llamado a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe, Ley 13.151, año 2017; y

CONSIDERANDO

Que, la Ley N° 13.151 instituye la Mediación en todo el ámbito de la provincia, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial, la que se reglamenta mediante Decreto N° 1747/11;

Que, en su artículo 3°, determina que: "El Registro de Mediadores y Comediadores se constituirá en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación";

Que, la reglamentación respectiva establece que el mencionado Registro funcionará en el ámbito de la Agencia de Gestión de Mediación de la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales y tendrá a su cargo, entre otras cuestiones, la de "Confeccionar la nómina de mediadores y comediadores habilitados para actuar como tales con las facultades, deberes y obligaciones establecidos por la Ley N° 13.151, su reglamentación y normas complementarias, fijando la sede o sedes de actuación de cada uno";

Que, los artículos 24° y 25° de la Ley N° 13.151 y del Anexo I del Decreto N 1747/11, establecen los requisitos para ser mediador y comediador, así como lo relativo a su acreditación;

Que, por Decreto N° 4688/14 se modifican los artículos 24° y 25° agregándose como requisito para inscribirse al Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia: " ... acreditar como práctica profesional haber participado en dos mediaciones como comediadores a partir de un programa de pasantías que determinaran las instituciones

Formadoras en conjunto con los Centros de Mediación según las pautas que fije la DPDSCI. Asimismo en el primer año de habilitación de la matrícula como mediador deberán acreditar haber intervenido en dos mediaciones gratuitas.”

Que, en uso de las facultades consecuentes de lo establecido en el Decreto N° 2434/16 y la estructura orgánico funcional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobada por Decreto N° 2429/16;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE

COORDINACIÓN LEGAL Y

DE POLÍTICAS JUDICIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Convóquese a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe para los nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista desde el día 26 de febrero hasta el...

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