RESOLUCION MGP N° 0237 RESOLUCION M Educ. N° 1121

Fecha27 Junio 2022
Número de registro36659
EmisorMINISTERIO DE GESTIÓN PÑUBLICA

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

21 JUN. 2022

VISTO:

El expediente 00401-0323034-4 por medio del cual se solicita la optimización del procedimiento de notificaciones a Gobiernos Locales en el marco de la Movilidad Educativa Rural implementada por Decreto N° 0392/21; y

CONSIDERANDO:

Que la misma se encuentra dirigida a lograr mayor agilidad, transparencia, simpleza y eficacia en las entregas de fondos a los beneficiarios de transferencias mensuales por parte del Ministerio de Educación a los Gobiernos Locales;

Que en cuanto a las rendiciones de cuentas de los fondos, la mismas se encuadran en los términos de la Resolución N° 29/2020 del TCP, Anexo III, Capítulo V, Apartado 16, la cual posiciona a los Gobiernos Locales como Responsables ante la Administración Pública (art. 214 de la ley 12510), por lo que deben rendir cuenta documentada de los aportes recibidos;

Que a los efectos de optimizar el procedimiento de notificaciones se solicita dar curso a la implementación de notificaciones electrónicas que permitan la comunicación de actos administrativos, intimaciones de rendiciones de cuentas y documentación en general;

Que existe para cada Municipio y Comuna de la Provincia de Santa Fe un domicilio electrónico con dominio “@myc-santafe.gov.ar” donde el Ministerio de Gestión Pública realiza válidamente notificaciones de los documentos citados precedentemente garantizando su eficacia jurídica, asignados por Resolución N° 0275/21 del Ministerio mencionado;

Que la presente resolución se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por la ley 13920;

EL MINISTRO DE

GESTION PÚBLICA

Y

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°: Incorpórase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación al artículo 4° de la Resolución 0275/21 del MGP autorizándola en consecuencia a notificar todo lo concerniente a la Movilidad Educativa Rural de forma electrónica a Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe a los domicilios electrónicos asignados por el artículo 1° de la mencionada norma legal.

ARTÍCULO 2°: Establécese que a los efectos de lo dispuesto en el articulo precedente la repartición que se incorpora designará a los agentes notificadores responsables (titulares y reemplazantes) con su firma digital asociada a la cuenta de correo institucional de notificaciones electrónicas con dominio @santafe.gov.ar.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 36659 Jun. 23 Jun. 27

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