RESOLUCIÓN MGJDH N.º 0449 RESOLUCIÓN MS N.º 1806 RESOLUCIÓN MDS N° 1330

Fecha05 Septiembre 2023
Número de registro40540
EmisorMINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA, Y DERECHOS HUMANOS MINISTERIO DE SALUD MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 28/08/2023

V I S T O:

El Expediente Nº 02001-0067039-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 10.772 tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental en nuestra Provincia;

Que asimismo la Ley Nacional N° 26.657 regula la protección de los derechos de las personas con padecimiento mental en la República Argentina;

Que en dicha ley prevalecen especialmente, entre otros derechos concordantes y preexistentes reconocidos por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales de rango Constitucional (conforme artículo 75, inciso 22 CN), los derechos de toda persona a la mejor atención disponible en salud mental y adicciones, al trato digno, respetuoso y equitativo, propugnándose la responsabilidad indelegable del Estado en garantizar el derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con modalidades de atención basadas en la comunidad, entendiendo a la internación como una medida restrictiva que sólo debe ser aplicada como último recurso terapéutico;

Que la reglamentación de la Ley N° 10.772 mediante Decreto N° 2155/07 estableció que la Dirección Provincial de Salud Mental deberá propiciar la conformación de espacios institucionales donde se viabilice la articulación de las políticas públicas llevadas a cabo por la Provincia, por municipios y comunas y diversas asociaciones civiles en materia de Salud Mental.;

Que en ese contexto la Secretaria de Derechos Humanos y la Directora Provincial de Salud Mental promueven la creación de la COMISIÓN PROVINCIAL INTERMINISTERIAL DE SALUD MENTAL Y CONSUMOS PROBLEMÁTICOS, en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, presidida por la Secretaria de Derechos Humanos e integrada por los Ministerios de Salud y Desarrollo Social;

Que el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos tiene las facultades normativamente otorgadas para entender en los planes, programas y políticas relativas a la promoción y defensa de los derechos humanos, su promoción y reafirmación en la sociedad y en los poderes públicos y para coordinar todo lo relacionado con el cumplimiento de las normas que reconozcan y reglamenten los derechos humanos, promover la difusión de su conocimiento, prevenir eventuales violaciones y formular las denuncias pertinentes, conforme los incisos 6) y 7) del Artículo 11° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 13.920 modificada por Ley N° 14.038;

Que al Ministerio de Salud, por su parte, le corresponde entender en todo lo inherente al estudio, proyecto y aplicación de la política sanitaria de acuerdo a los objetivos y políticas sanitarias nacionales y provinciales, en la promoción y creación de condiciones adecuadas para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental, atendiendo la administración de los establecimientos sanitarios de la Provincia y entender en la elaboración, fiscalización y ejecución de las políticas destinadas a la prevención y control de las adicciones y consumos problemáticos, en coordinación, con el Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y y el Ministerio Desarrollo Social conforme los incisos 1) y 6) del Artículo 16° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 13.920...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR