Resolucion 170/2008 - Mep

Fecha de la disposición21 de Julio de 2008

Ministerio de Economía y Producción INDUSTRIA LACTEA Resolución 170/2008

Establécese en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción, un mecanismo de compensación por cada litro de leche utilizado en la producción de determinados derivados que se destinen al mercado interno.

Bs. As., 18/7/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0283417/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional se encuentra comprometido en un proceso de armonización de los intereses de los diferentes eslabones de la cadena agroindustrial.

Que en este sentido se generaron diversos instrumentos tendientes a la preservación de los equilibrios macroeconómicos que den continuidad al crecimiento del nivel de actividad económica y empleo a la vez de estabilizar los precios del mercado interno, directamente influidos por el alza en los valores internacionales.

Que es menester segmentar los bienes lácteos que forman parte de la canasta alimenticia básica doméstica (productos de consumo masivo).

Que entre los objetivos del Gobierno Nacional se encuentra el sostenimiento de precios razonables en productos lácteos de consumo masivo.

Que el abastecimiento normal y habitual de estos productos, a los precios acordados, es también un elemento central en el cumplimiento de las políticas de mejora de la distribución del ingreso.

Que en este marco y con los objetivos enunciados, los sectores público y privado firmaron un Acuerdo Marco con fecha 2 de julio de 2008.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en función de lo dispuesto en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVE:

Artículo 1º

Establécese en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, un mecanismo destinado a compensar a las industrias lácteas con un importe de PESOS CERO CON QUINCE CENTAVOS ($ 0,15) por cada litro de leche utilizado en la elaboración de los productos detallados en el Anexo que forma parte de la presente medida, durante los meses de julio y agosto de 2008, que se destinen al mercado interno.

Art. 2º

Serán beneficiarias del aporte establecido en el Artículo 1º de la presente resolución, las industrias lácteas que cumplan con los siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR