Resolución Interna N° 164/12

Provincia de Buenos Aires.

AGENCIA DE RECAUDACIÓN.

DIRECCIÓN EJECUTIVA.

Resolución Interna N° 164/12.

La Plata, 15 de junio de 2012.

VISTO el expediente Nº 22700-18168/2012 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se propicia la designación en el cargo de Gerente General de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, con rango y remuneración equivalente a Director Provincial de la Ley N° 10.430, de Santiago STAF- FORTE, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Normativa N° 29/2011 se modificó, en lo pertinente y de acuerdo a lo establecido en la misma, la estructura organizativa de esta Agencia de Recaudación que fuera aprobada por Resolución Normativa N° 75/09 y demás actos administrativos ampliatorios y modificatorios, cuya vigencia opera a partir del 1° de junio de 2011;

Que el Subdirector Ejecutivo de Recaudación y Catastro, solicita la designación en el cargo de Gerente General de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial, de Santiago STAFFORTE, a partir del 14 de mayo de 2012;

Que la Ley N° 13.766 asignó a la Agencia de Recaudación, la atribución de organizar y reglamentar su funcionamiento interno, en los aspectos estructurales, operativos y de administración de personal (artículo 4° inciso d) de dicho cuerpo normativo); Que el artículo 9°, inciso k) de la norma legal aludida, faculta al Director Ejecutivo a designar y remover el personal jerárquico sin estabilidad;

Que en tal sentido y para dotar a dicha dependencia de la operatividad substancial en el logro de sus objetivos y acciones asignadas, resulta oportuno y necesario proceder a la designación en el cargo de Gerente General de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial – equiparado al cargo de Director Provincial que rige en la Administración Pública Provincial para la Ley N° 10.430 – que se promueve por la presente;

Que en virtud de ello, ha suscripto la declaración jurada en relación a no mantener deudas con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires por los impuestos Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones Deportivas y/o de Recreación e Ingresos Brutos, ni haber omitido declarar construcciones y/o mejoras en inmuebles de su propiedad. Ello de acuerdo a lo previsto por el Código Fiscal (Ley N° 10.397, Texto Ordenado por Resolución N° 120/04 del Ministerio de...

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