Resolución General N° 39 Letra:G

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 102
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 1º DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
ciertos procedimientos.
Que dentro de las funciones otorgadas, el Área de Sociedades por Ac-
ciones es el área técnica encargada del estudio destinado a Supervisar,
Fiscalizar y Autorizar a funcionar, dentro del ámbito de la Provincia de Cór-
doba, a las Sociedades por Acciones y a las Sociedades Constituidas en
el Extranjero que hagan en la Provincia de Córdoba ejercicio habitual de
actos comprendidos en su objeto social, establezcan sucursales, asiento o
cualquier otra especie de representación permanente, o adquieran partici-
pación de sociedades en el país.
Que el Protocolo “A” se encuentra destinado a la inscripción de Sociedades
Anónimas.
Que mediante Protocolo “G” se registran inscripciones de sociedades
constituidas en el extranjero.
Que, actualmente la scalización, guarda y custodia de dichos Protocolos
se encuentra en la órbita de competencia del Área de Registro Público;
Que en virtud de la implementación de cambios tendientes a lograr la e-
cacia de los procesos resulta conveniente trasladar los Protocolos “A” y “G”
al Área de Sociedades por Acciones.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 20 de la Ley
Orgánica nº 8652;
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1° - DISPÓNGASE el traspaso de los Protocolos “A” y “G”, que
se encuentran actualmente en el Área de Registro Público, al Área de So-
ciedades por Acciones a los nes del control de la exactitud y legalidad de
sus asientos.
ARTÍCULO 2 ° - PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese, y archívese.
FDO. AB. NOT. VERÓNICA GABRIELA SANZ - DIRECTORA GENERAL DE INSPEC-
CIÓN DE PERSONA JURÍDICA.
Resolución General N° 39 Letra:G
Córdoba, 18 de Mayo de 2018
VISTO:
El decreto 396/18, la Resolución Ministerial Nº 118, la Resolución Ge-
neral Nº 3 de la Dirección de Inspección de Personas jurídicas y la
política de la gestión actual que tiene por objetivo la simplificación y
agilización de los trámites administrativos.
CONSIDERANDO:
Que es competencia de la Dirección General de Inspección de Perso-
nas jurídicas el control de la legalidad, registración y fiscalización de la
vida institucional de entidades civiles y comerciales, promoviendo así
el fortalecimiento del principio de seguridad jurídica y resguardando el
interés público.
Que la Ley Orgánica Nº 8652 determina las funciones a cargo de este
órgano de control en general y de la Dirección en particular.
Que es preocupación continúa de la gestión a cargo de la Dirección
disminuir la concentración y acumulación de trámites como así también
disminuir los plazos de la realización de los mismos.
Que el decreto Nº 396/18 habilita al titular de la Jurisdicción a autorizar
a la Dirección de Inspección de Persona Jurídica a que en ejercicio
de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 8652, encomiende la
emisión de determinados actos administrativos a los funcionarios o
empleados que aquella determine.
Que por Resolución Nº 118 emanada del Ministerio de Finanzas se
autorizó a la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas
encomendar o delegar la firma de los actos administrativos que ésta
determine en los funcionarios o empleados que ella indique.
Que por Resolución Nº 3 de la Dirección de Inspección de Personas
Jurídicas se dispuso encomendar la firma a determinados actos admi-
nistrativos a ciertos funcionarios como mecanismo para descomprimir
la suscripción material de resoluciones pero manteniendo inalterada la
competencia del órgano delegante.
Que en el marco de lo que se vienen implementando, con respecto a
la puesta en funcionamiento de diferentes mecanismos tendientes a lo-
grar una mayor celeridad, eficiencia, eficacia, economía y sencillez de
los trámites en cumplimiento de imperativos constitucionales; se con-
sidera conveniente la ampliación la Resolución Nº 3 de la Dirección,
encomendando la suscripción de actos administrativos no incluidos en
la misma.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución mi-
nisterial Nº 118, los arts. 2, 12 inc. g), 20 inc. c) y concordantes de la
Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTICULO Nº 1: AMPLÍESE el Articulo Nº 1 de la Resolución Nº 3
y DELÉGUESE en el Subdirector de Jurisdicción de Sociedades por
Acciones o en caso de ausencia o vacancia, en el Jefe de Área Socie-
dades por Acciones o en la persona en ejercicio de dichas funciones,
la facultad de suscribir los actos administrativos que emanen del Área
de Sociedades por Acciones, que no fueron delegadas por Resolución
General Nº 3 de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, en
los mismos términos allí encomendados.
ARTICULO Nº 2: ESTABLÉCESE que la totalidad de los Actos Admi-
nistrativos que se firmen por delegación en los términos de la presente
resolución, serán auditados por la Unidad de Asesoramiento y Estudio
conforme al procedimiento que se establezca.
ARTICULO Nº 3: PROTOCOLÍCESE, Notifíquese, Publíquese y Archí-
vese.-
FDO. AB. NOT. VERÓNICA GABRIELA SANZ - DIRECTORA GENERAL DE INS-
PECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS.

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