Resolución General Conjunta 4860/2020

Fecha de publicación26 Noviembre 2020
SecciónResoluciones Generales
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00789920- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y

CONSIDERANDO:

Que ante la realidad social y económica imperante que provocó un incremento exponencial de las inscripciones de cooperativas y mutuales, el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) -en su carácter de autoridad de aplicación en los términos de las Leyes N° 19.331, N° 20.321 y N° 20.337, y el Decreto N° 420 del 15 de abril de 1996, sus modificatorios y complementarios- dispuso la creación de procedimientos tendientes a la agilización de los trámites de constitución de las entidades que regula, en cumplimiento de la obligación establecida en los artículos 2° de la Ley N° 19.331 y 106 de la Ley N° 20.337.

Que en este sentido corresponde establecer el procedimiento que deberá observarse en el marco de la inscripción de las cooperativas y mutuales, respecto de la solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), mediante la interacción del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Que las Resoluciones N° 730 del 26 de septiembre de 2020 y N° 767 del 29 de septiembre de 2020 del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES), declararon vacante el cargo de Presidente de este organismo y dispusieron la delegación de sus funciones.

Que han tomado la intervención correspondiente las áreas técnicas y los servicios jurídicos competentes.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las Leyes Nº 19.331 y N° 20.337 y el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Y

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Establecer para la constitución de cooperativas y mutuales la interacción entre el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios “web”.

ARTÍCULO 2°.- Las solicitudes de inscripción de las cooperativas y mutuales ante el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) se realizarán por cualquiera de los modos autorizados por el ordenamiento jurídico del citado Instituto.

La documentación requerida...

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