Resolucion General 2287 - Afip

Fecha de disposición06 Agosto 2007
Fecha de publicación06 Agosto 2007
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta31211

Que se han expedido las áreas técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento, por parte la COMPAÑIADE COMUNICACIONES CAPITALSOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-70052286-1), de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el registro de nuevos servicios de telecomunicaciones.

Que en virtud de lo dispuesto en el Reglamento citado precedentemente, corresponde el registro a nombre del Licenciatario, de los servicios de Telefonía Pública y Valor Agregado.

Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1°

Regístrese a nombre de la COMPAÑIA DE COMUNICACIONES CAPITAL SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-70052286-1), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4. del Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, los servicios de Telefonía Pública y Valor Agregado.

Art. 2°

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR