Resolución General 4357. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Modalidades de pago. Resolución General N° 4.309. Su modificación.

Fecha de disposición11 Diciembre 2018
Fecha de publicación11 Diciembre 2018
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4357/2018

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Modalidades de pago. Resolución General N° 4.309. Su modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2018

VISTO la Resolución General N° 4.309, y

CONSIDERANDO:

Que la norma citada en el VISTO estableció los requisitos, formalidades y demás condiciones que deben cumplir los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), previsto en el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias.

Que esta Administración Federal tiene como objetivo permanente brindar mejores servicios a los contribuyentes y responsables, a fin de facilitar e incentivar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Que respecto a las modalidades de pago, resulta procedente permitir que los pequeños contribuyentes puedan adherir al débito directo en cuenta bancaria desde el "Nuevo Portal para Monotributistas", a fin de agilizar las transacciones.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Servicios al Contribuyente y de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las disposiciones del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, y por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° Sustitúyese el Artículo 36 de la Resolución General N° 4.309, por el siguiente:

"ARTÍCULO 36.- El pago de la obligación mensual podrá realizarse por las siguientes modalidades:

  1. Transferencia electrónica de fondos, de acuerdo con el procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 1.778, sus modificatorias y sus complementarias.

  2. Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, conforme al procedimiento establecido por la Resolución...

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