Resolución General 4119-E. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Artículo 52 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias. Nuevos importes. Aumento automático.

Fecha de disposición06 Septiembre 2017
Fecha de publicación06 Septiembre 2017
SecciónResoluciones Generales

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4119-E

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Artículo 52 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias. Nuevos importes. Aumento automático.

Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2017

VISTO el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, y la Ley N° 27.346, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 52 del Anexo citado en el VISTO, dispuso que los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados, del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales fijas, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, se ajustarán anualmente en el mes de septiembre, en la proporción de los DOS (2) últimos incrementos del índice de movilidad de las prestaciones previsionales, previsto en el Artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus modificaciones y complementarias.

Que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece semestralmente, en los meses de marzo y septiembre, los índices de movilidad previsional.

Que la Ley N° 27.346 estableció con vigencia a partir del 1° de enero de 2017, los nuevos valores de los referidos parámetros, así como del impuesto integrado y de las cotizaciones fijas, para cada categoría.

Que si bien la ley citada en el considerando precedente estableció para el año 2017 el incremento previsto en el aludido Artículo 52, a fin de evitar duplicidad de actualizaciones para el corriente año, resulta conveniente precisar que los nuevos valores que surjan de dicha actualización resultarán de aplicación a partir del 1° de enero de cada año.

Que es un objetivo permanente de esta Administración Federal facilitar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los administrados, por lo que se difundirán los nuevos valores a través del "Nuevo Portal para Monotributistas" (http://monotributo.afip.gob.ar).

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de...

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