Resolución General 10/2023

Fecha de publicación25 Julio 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorINSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA


Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2023

VISTO: El Expediente Nº EX-2022-120363381-APN-IGJ#MJ, las Resoluciones ex M.J. N° 729 del 8 de Octubre de 1998, ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3 del 5 de Enero de 2009, M.J. y DD.HH. Nros. 2794 del 19 de Diciembre de 2012, 120 del 28 de Enero de 2015, 619-E de 8 de Agosto de 2016, 530 del 6 de Julio de 2018, 850 del 11 de Agosto de 2021, 219 del 15 de Marzo de 2022 y 823 del 20 de Julio de 2023; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución General I.G.J. Nº 2/2009 se aprobó la modalidad de formularios digitales para los trámites a realizar antes este Organismo, a los que se tiene acceso a través del sitio web oficial de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (www.jus.gob.ar/igj).

Que por Resolución ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009 se creó el “módulo IGJ” para fijar el valor de los formularios utilizados ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que la Resolución M.J. y DD.HH. Nº 2794/2012 sustituyó el Anexo I de la Resolución del entonces M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009.

Que por Resolución M.J. y DD.HH. Nº 120/2015 se sustituyó el artículo 2º de la Resolución del ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009.

Que por Resolución M.J. y DD.HH. Nº 619-E se sustituyó el artículo 2º de la Resolución ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009.

Que por Resolución M.J. y DD.HH. Nº 503/2018 se sustituyó el artículo 2º de la Resolución ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009.

Que por Resolución M.J. y DD.HH. Nº 850/2021 se sustituyó el artículo 2º de la Resolución ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009.

Que por Resolución M.J. y DD.HH. Nº 219/2022 se sustituyó el artículo 2º de la Resolución ex M.J.S. y DD.HH. Nº 3/2009.

Que con fecha 20 de Julio de 2023 se dictó la Resolución M.J. y DD.HH. Nº 823/2023, a través de la cual se modificó el valor del “módulo IGJ”.

Que conforme a lo normado en la Resolución M.J. y DD.HH. Nº 823/2023, la misma entrará en vigencia en la fecha que determine la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

Que los importes de los formularios digitales abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución M.J. y DD.HH. Nº 823/2023 serán reconocidos, por lo que corresponde establecer los recaudos para que la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA lleve a cabo dicha labor determinativa.

Que la presente se dicta de conformidad a lo establecido en el artículo 2º, de la Resolución M.J. y DD.HH. Nº 823/2023, y, asimismo, en ejercicio de las facultades otorgadas por vía de lo prescripto en los artículos 21 y 22, de la Ley Nº 22.315.

Que el Inspector General de Justicia se encuentra en uso de licencia, por lo cual, conforme...

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