Resolución Conjunta 5/2021

Fecha de publicación16 Noviembre 2021
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE SALUD Y MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN Y MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO


Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2021

VISTO el Expediente EX-2021-103821357-APN-DD#MS, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva Nº 27.541, la Ley de Vacunas Destinadas a Generar Inmunidad Adquirida Contra el Covid-19 N° 27.573, la Ley de Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación N° 27.491, la Ley de Ministerios N° 22.520, los Decretos Nº 260 del 12 de marzo de 2020 y Nº 167 del 11 de marzo de 2021, la Resolución Nº 102 del 10 de abril de 2020 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 30 de enero de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró la enfermedad por coronavirus COVID-19 una emergencia de salud pública de preocupación internacional y con fecha 11 de marzo de 2020, luego de más de 118.000 casos confirmados del virus en 114 países y más de 4.000 muertes, la caracterizó como una pandemia.

Que la pandemia producida por el coronavirus SARS-CoV-2 o COVID-19 ha causado la pérdida de cientos de miles de vidas en el mundo.

Que mediante el Decreto N° 260/2020 se dispuso ampliar la Emergencia Pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19, por el plazo de UN (1) año, prorrogado hasta el día 31 de diciembre de 2021 mediante el Decreto Nº 167/2021.

Que por artículo 2° del Decreto N° 260/2020 se estableció, en el marco de la emergencia declarada, las facultades del MINISTERIO DE SALUD como autoridad de aplicación.

Que compete al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO entender sobre la formulación de políticas y desarrollo de programas destinados a la creación de condiciones para mejorar la productividad y competitividad a través de innovación, así como la normalización y control de calidad de la producción industrial y la elaboración, ejecución y fiscalización del régimen de patentes y marcas.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO administra dos regímenes de promoción vinculados directamente al desarrollo innovador en la industria de la salud.

Que la Ley N° 26.270 regula el Régimen de Promoción de la Biotecnología Moderna y la Ley N° 27.506 establece el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, la cual fomenta varias actividades ligadas directamente al sector de la salud como la biotecnología, nanotecnología, la medicina nuclear, los ensayos clínicos y la genética, entre otras.

Que ambos regímenes de promoción tienen como objetivo acrecentar las capacidades del...

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