Resolución Conjunta 21029/2021

Fecha de publicación17 Marzo 2021
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y COMISIÓN NACIONAL DE VALORES


Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-18621823--APN-GAL#CNV, caratulado “PROYECTO DE RESOLUCIÓN CONJUNTA MMGYD - CNV S/GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL MERCADO DE CAPITALES”, del registro de la Comisión Nacional de Valores, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) sus modificatorias y complementarias, la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831, la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 220 de fecha 28 de septiembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Nacional ha asumido compromisos internacionales a través de la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), aprobada por Ley N° 23.179 (B.O. 3-6-1985), y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém Do Pará”, aprobada por Ley N° 24.632 (B.O. 9-4-1996), las cuales proveen el marco normativo que responsabiliza al Estado en generar políticas públicas que consideren la perspectiva de género, tanto en su diseño, como en su implementación y evaluación.

Que, por otro lado, nuestro país asumió el compromiso de trabajar en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, entre los cuales se encuentra el correspondiente a la igualdad de género –objetivo N° 5-, el cual requiere de la articulación y compromiso de los diferentes actores de la sociedad para su efectiva implementación.

Que, en un orden afín, el Convenio Sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo –Convenio 190–, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el 21 de junio de 2019, fue aprobado por Ley N° 27.580 (B.O. 15-12-2020).

Que el citado Convenio reconoce el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, afirmando que estas problemáticas constituyen formas de violación a los derechos humanos, con especial gravedad cuando se producen por razones de género.

Que, por su parte, la Comisión Nacional de Valores (CNV) es una entidad autárquica, cuyas relaciones con el Poder Ejecutivo nacional se mantienen por intermedio del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, que tiene entre sus funciones principales la de promover la participación en el mercado de capitales de todos los actores de la economía, fortalecer los mecanismos de protección de inversores, propender a la creación de un...

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