Resolución Conjunta 1 - E.

Fecha de disposición07 Noviembre 2016
Fecha de publicación07 Noviembre 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónAvisos Oficiales

Resolución Conjunta 1 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2016

VISTO el Expediente N° S01:0418888/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1 de fecha 4 de enero de 2016 y 32 de fecha 7 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Que el Artículo 5° del referido decreto sustituyó, entre otros, el Artículo 20 bis de la citada ley, estableciendo que compete al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, entre otras cuestiones, entender en la formulación de políticas y desarrollos de programas destinados a la promoción y fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; participar en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y consolidación de las Cooperativas y Mutuales; entender en la implementación de políticas y en los marcos normativos necesarios para garantizar los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios; y propiciar relaciones de cooperación e integración con provincias y municipios, con el fin de promover el desarrollo productivo de las distintas regiones del país.

Que, por otro lado, por el Artículo 20 ter de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, se estableció que compete al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, entre otras cuestiones, participar en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y consolidación de las Cooperativas y Mutuales; entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos primarios de origen agropecuario, forestal y pesquero; así como entender en la elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de las actividades relacionadas con dichos sectores.

Que por el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se estableció que la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN tiene a su cargo, entre otras facultades, la implementación de las políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios, entender en las propuestas, coordinación, seguimiento y control de las políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado, así como también en las...

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