Resolución Comunal - N° 47008289 - COMUNA5/2024, 05/01/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 47.008.289/OMUNA5/23
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Leyes Nº 6.684 y
N° 1.777, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 387/23, la
Resolución N° 816-MAYEPGC/19, la Resolución firma Conjunta N° 1-SECACGC/22, el
expediente Nº 2023-46136367-GCABA-DGCCT y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 104,
inciso 21, establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar
permisos para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén
sujetas al poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que, en su artículo 127, define a las Comunas como unidades de gestión política y
administrativa con competencia territorial;
Que, asimismo, el artículo 128 establece que las Comunas ejercen funciones de
planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de
la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que la Ley N° 1.777 (texto consolidado por Ley N° 6.588) es la norma orgánica de las
comunas y las define como “unidades de gestión política y administrativa
descentralizada”;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.777 (texto consolidado por Ley N° 6.588) establece
como competencia concurrente de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La
fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los
espacios públicos, suelo (...)”;
Que, la Ley N° 6.684 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado por Ley N° 6.588), determina que el Jefe de Gobierno es
asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que le fueran conferidas por la citada normativa;
Que por Decreto N° 387-GCABA-AJG-23, se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a las Comunas, como organismos fuera de nivel que actúan bajo la
órbita de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano dependiente de la Jefatura de
Gobierno;
Que mediante la Resolución Conjunta N° 1-SECACGC/22 actualizada, se aprobó el
“Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el
emplazamiento de áreas gastronómicas en veredas, calzadas y otros espacios
públicos”, con sus Anexos I a V (IF-2023-11905170-GCABA-DGCCT, IF-2023-
11905165-GCABA-DGCCT, IF-2022-41758347-GCABA-DGCCT, IF-2022-41758607-
GCABA-DGCCT e IF-2022-41758789-GCABA-DGCCT), respectivamente;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública
concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita
la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por
consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6785 - 05/01/2024

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