Resolución Comunal - N° 42171424 - COMUNA1/2022, 25/11/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 42.171.424/COMUNA1/22
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N°1.777, el
Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las
Resoluciones N° 816-MAYEPGC/19, N° 205-GCABA-SECACGC/20, la Disposición N°
3500-DGOEP/16, el Expediente Electrónico N° 2022-41191937-GCABA-DGCCT, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 104 inciso
21 establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos
para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al
poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que asimismo, en su artículo 127 y subsiguientes- consagra a las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires como unidades de gestión política y administrativa
con competencia territorial que ejercen funciones de planificación, ejecución y control
en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno central respecto a las materias que
sean de su competencia;
Que en consecuencia, por Ley N°1.777 se sancionó la Ley Orgánica de las Comunas
con las finalidades de promover la descentralización de las funciones del Gobierno de
la Ciudad preservando su integridad territorial, mejorar la eficiencia y la calidad de las
prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como cuidar el interés general
de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable, entre otras;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.777, en consonancia con lo dispuesto por el artículo
128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las ya mencionadas
competencias concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La
fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los
espacios públicos, suelo (...)”;
Que, dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se
contempla la de “emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus
competencias”;
Que por la Resolución Nº 205/SECACGC/20 se implementó el procedimiento para la
tramitación de los permisos de uso y ocupación del espacio para el emplazamiento de
áreas gastronómicas con intervención concurrente de la Dirección General de
Competencias Comunales y Talleres o el organismo que en un futuro la reemplace-
y las Comunas de la ciudad, a fin de hacer más ágil y eficiente la tramitación de los
mismos, logrando así una mayor descentralización y promoviendo la desconcentración
de las funciones de la Administración Pública;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con
carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública
concede en ejercicio de su poder de policía del dominio público, llevando implícita la
condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por
consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o
conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conf. lo dispuesto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6508 - 25/11/2022

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