Resolución Comunal - N° 35093581 - COMUNA1/2023, 22/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 35.093.581/COMUNA1/23
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.777
(Texto Consolidado por Ley Nº 6.588), el Código de Habilitaciones y Verificaciones de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución N° 816-MAYEPGC/19, la
Resolución de Firma Conjunta N° 1-GCABA-SECACGC/22, el Decreto 453-AJG/12, el
Expediente Electrónico N° 2023-33610578-GCABA-DGCCT;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 104 inciso
21 establece dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos
para el ejercicio de actividades comerciales y todas aquellas que estén sujetas al
poder de policía de la Ciudad, conforme a las leyes;
Que asimismo, en su artículo 127 y subsiguientes- consagra a las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires como unidades de gestión política y administrativa
con competencia territorial que ejercen funciones de planificación, ejecución y control
en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno central respecto a las materias que
sean de su competencia;
Que en consecuencia, por Ley N°1.777 se sancionó la Ley Orgánica de las Comunas
con las finalidades de promover la descentralización de las funciones del Gobierno de
la Ciudad preservando su integridad territorial, mejorar la eficiencia y la calidad de las
prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como cuidar el interés general
de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable, entre otras;
Que el artículo 11 de la Ley N° 1.777, en consonancia con lo dispuesto por el artículo
128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las ya mencionadas
competencias concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo “(...) c. La
fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los
espacios públicos, suelo (...)”;
Que, a dichos fines, mediante Decreto N° 453-AJG/12 se delegó en las Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las
normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma
concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo;
Que, dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se
contempla la de “emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus
competencias”;
Que por la Resolución de Firma Conjunta N° 1-GCABA-SECACGC/22 se implementó
el procedimiento para la tramitación de los permisos de uso y ocupación del espacio
para el emplazamiento de áreas gastronómicas con intervención concurrente de la
Dirección General de Competencias Comunales y Talleres o el organismo que en un
futuro la reemplace- y las Comunas de la ciudad, a fin de hacer más ágil y eficiente la
tramitación de los mismos, logrando así una mayor descentralización y promoviendo la
desconcentración de las funciones de la Administración Pública;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con
carácter precario, personal e intransferible;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6713 - 22/09/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR