Resolución Comunal N° 12346860/COMUNA6/16

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.° 12.346.860/COMUNA6/16
Buenos Aires, 6 de mayo de 2016
VISTO: El Expediente N° 2015-22350098-MGEYA-COMUNA6 , y la Ley N° 1777,
Decreto N° 453-GCABA/12 , Decreto N° 472 -GCABA/13, Resolución N° 436-
SECGCYAC/12, Decreto N° 40 GCABA/13, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o
Ley Nacional 11843 y Resoluciones N° 19/SECGCYAC/14 y N° 300/ SECGCYAC/14.
Y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en Fragata Pte. Sarmiento s/ numero, esquina Juan B. Justo, lindero a Juan B.
Justo 4086 y Fragata Sarmiento 1689.
Que con fecha 10 de Septiembre de 2015, inspectores de la Comuna 6, se
constituyeron en el inmueble sito en Fragata Pte. Sarmiento s/ numero, esquina Juan
B. Justo, lindero a Juan B. Justo 4086 y Fragata Sarmiento 1689 , a efectos de
verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar, comprobándose que se
encuentra con falta de higiene, siendo este sitio propicio para el anidamiento y
proliferación de roedores e insectos.
Que el artículo 11 de la Ordenanza N° 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (..)" .
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su art. 26 establece el
derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano, así como el deber de
preservarlo y definirlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.
Que mediante la Ley N°4013 se aprobó la Ley de Ministerios, creando entre las
Secretarias del Poder Ejecutivo, la Secretaria de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana.
Que entre los objetivos fijados para la Secretaria de Gestión Comunal y Atención
Ciudadana se estableció el de coordinar e implementar el proceso de
descentralización según lo establecido por la Ley de Comunas, entender el diseño de
las políticas tendientes a mantener el espacio publico por aplicación de la Ley N° 1777,
así como entender en el diseño e implementación de modelos de gestión que
optimicen la calidad de los servicios ciudadanos.
Que en tal sentido, La Ley N° 1777, tiene por finalidad promover la descentralización ,
de las funciones del Gobierno de la Ciudad preservando su integridad territorial,
mejorar la eficiencia y la calidad de las prestaciones y asegurar el desarrollo,
sustentable, entre otras que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como cuidar el
interés general de la Ciudad.
Que las mayores preocupaciones que manifiestan los vecinos de la Ciudad, se
encuentra la temática relacionada con la limpieza, cuidado y mantenimiento de la
ciudad ya sea en lugares públicos como privados; que en este contexto las comunas
resultan ser el primer canal de contacto de los vecinos de la Ciudad con el Gobierno,
siendo estas quienes poseen un acabado conocimiento de los predios barriales que se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5616 - 14/05/2019

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