Resolucion 85/2006 -cnta

Fecha de disposición04 Enero 2007
Fecha de publicación04 Enero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31066

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.066 20Jueves 4 de enero de 2007

ARTICULO 17º

Descanso para comida: Los trabajadores que realicen jornadas legales corridas, gozarán de un descanso de hasta treinta minutos pagos por jornada para la ingestión de alimentos.

ARTICULO 18º

Vivienda: En aquellos casos en que los empleadores proporcionen viviendas éstas deberán reunir las condiciones mínimas de habitabilidad e higiene.

ARTICULO 19º

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Se estará a lo dispuesto por la ley de Riesgos del Trabajo y/o legislación vigente que la modifique.

ARTICULO 20º

Enfermedades Inculpables: Se estará a lo dispuesto por la ley 22.248 y/o legislación vigente que la modifique.

ARTICULO 21º

Botiquín de Primeros Auxilios:

Cada unidad productiva deberá contar con un botiquín de primeros auxilios.

ARTICULO 22º

Será obligación del empleador suministrar a cada trabajador, los elementos de seguridad necesarios para el cumplimiento de sus labores específicas. El trabajador deberá utilizar dichos elementos y acatar las instrucciones y/o planes que se implementen a esos fines.

ARTICULO 23º

Trabajo de Mujeres y Menores:

Se estará a lo dispuesto en el capítulo VII de la ley 22.248, y a la Resolución Nº 8/01 C.N.T.A. y/o legislación vigente que la modifique.

ARTICULO 24º

Los empleadores alcanzados por este convenio retendrán a los trabajadores comprendidos en el mismo el dos por ciento (2%) de las remuneraciones de aquellos con destino al pago de cuota sindical, las que serán depositadas en la cuenta de La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).

Secretaría de Hacienda PRESUPUESTO Resolución 445/2006

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, en la parte correspondiente a la Policía Federal Argentina y al Registro Nacional de las Personas, ambos dependientes del Ministerio del Interior.

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:

Que resulta procedente modificar, por compensación, los créditos del presupuesto vigente del Servicio Administrativo Financiero 326 - POLICIA FEDERAL ARGENTINA y del Organismo Descentralizado 200 - REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ambos dependientes de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR a los efectos de posibilitar la atención de gastos emergentes del Inciso 1 - Gastos en Personal.

Que es menester modificar las cuotas de compromiso correspondientes al cuarto trimestre y de devengado presupuestario para el mes de diciembre de 2006.

Que la modificación propiciada se encuentra amparada en lo dispuesto en el apartado III), inciso c), de la planilla anexa al Artículo 3º y en el Artículo 15, ambos de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006.

Por ello,

El SECRETARIO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2006, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º

Modifícanse las cuotas de compromiso para el cuarto trimestre y de devengado presupuestario para el mes de diciembre de 2006, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. --...

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