Resolución 990.

Fecha de disposición26 Octubre 2015
Fecha de publicación26 Octubre 2015
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 990/2015

Bs. As., 21/07/2015

VISTO el Expediente N° 1.615.490/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente N° 1.683.011/15 agregado como foja 108 al Expediente N° 1.615.490/14, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS por la parte gremial y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA por el sector empresario, conforme la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes convienen nuevas condiciones salariales para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 419/05, conforme las condiciones y términos allí pactados.

Que en relación a lo previsto en el artículo cuarto párrafo tercero del acuerdo de marras, corresponde hacer saber a las partes que la homologación que se dispone lo es sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 122 y 155 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo se corresponde con la representatividad de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en tos sus términos el mentado acuerdo.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Declárase homologado el acuerdo...

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