Resolución 972.

Fecha de disposición27 Octubre 2015
Fecha de publicación27 Octubre 2015
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 972/2015

Bs. As., 16/07/2015

VISTO el Expediente N° 1.584.688/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente N° 1.584.688/13 obra el acuerdo celebrado entre la empresa AXION ENERGY ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y el SINDICATO DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES DE BAHIA BLANCA, LA PAMPA Y PATAGONIA ARGENTINA, por el sector sindical, ratificado a fojas 68 y 99 por la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado acuerdo las partes convienen determinadas condiciones de trabajo para el personal que desempeña tareas en la Planta de Galván, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 449/06, conforme a las condiciones y términos pactados.

Que respecto a lo establecido en el ítem "Normas Legales Aplicables" del Anexo I, se aclara que su aplicación deberá ajustarse al orden de prelación de normas convencionales previsto en el artículo 19 inciso b) de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que así también se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el texto suscripto.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando tercero de la presente medida.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa AXION ENERGY ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y el SINDICATO DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES DE BAHIA BLANCA, LA PAMPA Y PATAGONIA ARGENTINA, por el sector sindical, obrante a fojas 2/5 del Expediente N° 1.584.688/13, conjuntamente con las actas de ratificación de foja 68 y 99 por parte de la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Regístrese la presente Resolución por la Dirección General De Registro, Gestión Y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/5, conjuntamente con las actas de ratificación de foja 68 y 99, ambos del Expediente N° 1.584.688/13.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el CCT N° 449/06.

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, resultara aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.584.688/13

Buenos Aires, 20 de julio de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 972/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5, 68 y 99 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 787/15. -- Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de septiembre de 2013, se presentan por una parte los Sres. Hernán Scotti y Federico With en representación de Axion Energy de Argentina S.R.L. (en adelante "La Empresa"), y por otra parte los Sres. Gabriel Matarazzo, Pablo Anaya y Ruben Marlia, en representación del Sindicato del Petróleo y Gas Privado de Bahía Blanca, quienes teniendo en cuenta las características especiales y particulares de la operación de la Planta de Galván y a los efectos de brindar un adecuado servicio, resuelven de común acuerdo lo siguiente:

ARTÍCULO 1

Ámbito de Aplicación Territorial y Personal.

El Presente convenio es de aplicación exclusiva para las tareas efectuadas por el...

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