Resolución 896 - E.

Fecha de disposición01 Noviembre 2016
Fecha de publicación01 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 896 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2016

VISTO el Expediente CUDAP Nº 3.888/16 y la Resolución M.C. Nº 306 de fecha 29 de junio de 2016, del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución mencionada en el Visto se autorizó la Convocatoria 2016 del Programa de Cooperación para la Formación, Investigación y Creación Artística (BECAR CULTURA) y la puesta en marcha de todas las acciones conducentes a la implementación de los Acuerdos de Intercambio y Cooperación firmados con el MINISTERIO DE CULTURA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, SECRETARÍA DE CULTURA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL CONSEJO DE LAS ARTES Y LETRAS DE QUEBEC.

Que en el marco de los mencionados Acuerdos se prevé la estancia de creadores individuales argentinos y extranjeros que podrán desarrollar proyectos específicos en diferentes disciplinas durante el período establecido en cada Acuerdo.

Que a los efectos de seleccionar a los beneficiarios, la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL, a través del Programa BECAR CULTURA, y cada una de las contrapartes mencionadas, desarrollaron de manera conjunta las acciones conducentes a los fines antes mencionados.

Que en consecuencia, para implementar las actividades previstas es preciso reconocer la selección realizada por el jurado de expertos de los artistas argentinos que desarrollarán sus proyectos artísticos en el exterior.

Que en tal sentido, la jurisdicción atenderá las erogaciones correspondientes a pasajes aéreos y becas en concepto de alojamiento, alimentación, movilidad y materiales.

Que los beneficiarios se consignan en el ANEXO I (IF-2016-2628223-APN-SECIFYCI#MC) que integra la presente Resolución, y la selección de los beneficiarios integra las Actas de evaluación, firmada por los especialistas referidos, y se consignan como ANEXO II (IF-2016-2628224-APN-SECIFYCI#MC) de la presente Resolución.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O por los Decretos Nros. 438/92 y sus modificatorias).

Por ello,

EL MINISTRO

DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

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